Abogacía

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Si creés que la Justicia no es una noción abstracta, sino una construcción diaria que impacta en la vida de todas las personas y de tu comunidad, el Derecho es tu camino. Desde los principios teóricos de los estudios legales hasta el ejercicio diario de la resolución de conflictos, esta carrera te permitirá trabajar e incidir en diferentes ámbitos de tu realidad. A través de la Abogacía, podrás desarrollar una carrera para gestionar y solucionar problemáticas jurídicas de nuestro país, región y el resto del mundo, colaborando para una sociedad más equitativa y pacífica.

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    La educación y el trabajo como factores claves de la reinserción social
    (2025) Lee, Sang Hoon
    La prisión o complejo penitenciario es el sitio donde se encierra y asegura a los presos para la ejecución de la pena de privación de libertad con el objetivo de alojar, custodiar, corregir y reformar a los criminales. Su función original había sido la detención misma para evitar la delincuencia del detenido, pero a lo largo del tiempo estas instituciones han mostrado graves deficiencias, especialmente sobre las condiciones de vida de los internos y las oportunidades de reinserción social. La Constitución Nacional establece en su Art. 18 que “...Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice”, pero históricamente la idea de “no hay necesidad de tratar bien a los criminales” ha sido prevaleciente. Por lo tanto, desde la antigüedad hasta la actualidad, las condiciones de las prisiones son insalubres y deplorables, fracasando en su meta de reducir la reincidencia por la falta de programas educativos y laborales eficientes que permitan a los reclusos reinsertarse en la sociedad como ciudadanos éticos y moralmente correctos. (Torre, 2022)
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    Poder Judicial y el espejismo del Teletrabajo
    (2025) Dasso, Doris
    Se presenta un análisis de la situación laboral en el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, enfocada, pero no limitada, al teletrabajo, poniendo en discusión la necesidad de una regulación formal de dicha modalidad, con bases en las irregularidades suscitadas a raíz de su forzada implementación en el marco de la pandemia por COVID-19. A tal efecto, se hizo una investigación sobre escritos de diversos autores que ya han plasmado su postura respecto al teletrabajo circunscripto al ámbito privado y público, y se hizo uso de la experiencia personal diaria en el Ministerio Público Fiscal de Buenos Aires. Los resultados indican la necesidad de acción por parte de las entidades responsables de instaurar un reglamento claro que defina los derechos del trabajador, sus obligaciones y los límites que se deben respetar, dadas las consecuencias que pueden traer aparejadas las malas prácticas laborales.
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    “El microsistema jurídico de la defensa del consumidor y su alcance en las decisiones judiciales”
    (2025) Morán, Miguel Agustín
    Por la presente intentaremos dilucidar si este paradigma protectorio responde de manera efectiva y precisa a la debilidad estructural que supone desde su génesis esta relación particular, analizando si realmente se activa en su faz ejecutiva, operando como garantía en favor de los consumidores al momento de dictarse las resoluciones judiciales, o si más bien concluye en un conjunto de principios sin implicancias relevantes. En este caso de marras ello supone un desafío para el juzgador, porque si bien en un principio las conductas realizadas y lo manifestado por la empresa encontraban cierto amparo en las normativas específicas atinentes, las mismas, para que se apliquen de manera directa y produzcan efecto sobre los consumidores, es necesario que no sólo no actúen en detrimento de éste ni lo perjudiquen, sino que asimismo, en caso de que corresponda, requieren de un examen de admisibilidad y de un exhaustivo y arduo análisis del alcance de las reglamentaciones específicas, para que el mismo sea con perspectiva situada en el núcleo de la defensa del consumidor y usuario, en especial atención a los límites y condiciones que las mismas imponen para su aplicación. Tal y como se verá en el desarrollo del análisis de esta plataforma fáctica, es tarea primordial velar por los intereses de los consumidores y estarse a los límites y requisitos fundamentales de las herramientas que tienen los proveedores para así ejercer el contralor que se necesita, todo ello a los fines de restablecer el equilibrio preexistente y evitar aumentar la equidistancia original, inclinando la posición de ambos a la forma más ecuánime posible. Es importante que las decisiones judiciales, al traducir este trabajo en una sentencia, reflejen de manera clara y contundente el emparejamiento de esta asimetría previa, objetivo que veremos en conjunto si se cumple o no en este fallo en particular.
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    La ponderación de los derechos de la familia biológica versus el Interés Superior de unas niñas consolidado junto al matrimonio guardador
    (2025) Di Leo, Florencia Daiana
    La especial vulnerabilidad que caracteriza a los niños, niñas y adolescentes —en adelante, NNyA— reside en la fragilidad que acarrean debido a su edad (Sosa, 2022). Debe tenerse presente que el Estado tiene la obligación de velar por la tutela de dichos sujetos a la luz de la Convención de los Derechos del Niño, que introdujo dentro del bloque constitucional en la reforma del año 1994. En connivencia, las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (2008) establecen que los NNyA gozarán de una protección especial jurisdiccional en consideración a su desarrollo evolutivo. La Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires reafirma tales preceptos al resolver la causa “M. B. X. y A. M. s/ abrigo” (14/02/2023), en la cual se revoca la sentencia que otorgaba el cuidado y la crianza de las niñas a sus tías paternas. Si bien en los procesos de familia se prioriza el afianzamiento de los lazos consanguíneos previo a decidir acerca de la posibilidad de adoptabilidad de los infantes, hay situaciones extremas que requieren una revisión judicial con mayor sensibilización. En lo que aquí concierne, las pequeñas hermanas debieron ser excluidas de su hogar a causa de los abusos y situaciones de vulnerabilidad padecidas a causa de su padre; permanecieron en un hogar por tres años hasta que fueron puestas bajo la guarda de un matrimonio.
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    Análisis de las falencias legislativas en el uso y aplicación de las normas sobre agrotóxicos en la provincia de La Pampa
    (2025) Schenkel, Valentina Eileen
    Con el incremento de la actividad agrícola, se ha observado un aumento en el uso de diversos agroquímicos, entre ellos, el glifosato. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal realizar un análisis detallado sobre los problemas relacionados con el uso y aplicación de agroquímicos en la Provincia de La Pampa, con propósito de identificar las principales falencias legislativas. Se realizó un análisis detallado de leyes, ordenanzas, decretos, entre otros. Se encontraron leyes vigentes como la Ley General de Ambiente N° 25.675, que incluye principios relevantes, y la Ley N° 1173 de Agrotóxicos de la Provincia de La Pampa, que regula el uso de agroquímicos. Además, se identificaron casos relevantes relacionados con el uso de glifosato. El uso intensivo ha generado preocupaciones por los efectos adversos en la salud pública y el medioambiente. A nivel normativo, aunque existen regulaciones en la provincia de La Pampa, la aplicación y el cumplimiento efectivos enfrentan desafíos significativos debido a limitaciones en recursos y capacidad institucional. Se recomienda mejorar la educación y concienciación sobre el uso responsable de agroquímicos, fomentar prácticas agrícolas más sostenibles y fortalecer los controles y fiscalización para mitigar los riesgos asociados.
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    Grupos vulnerables y en contexto de vulnerabilidad
    (2025) Valerga, Santiago
    Para iniciar con el análisis de la nota fallo seleccionada, hay que establecer el origen del conflicto jurídico. En el caso planteado, se observa que la actora procede a presentar un recurso extraordinario, en relación al pedido de pensión por el fallecimiento de su padre, el cual era su único sostén económico. Ante esta situación, procedió a iniciar el trámite pertinente ante la Comisión Médica Jurisdiccional N.º 23 de la ciudad de Salta. Esta comisión, luego de recibir la petición, dictaminó que no reunía las condiciones de incapacidad, dado que no lograba alcanzar el 66% requerido en la normativa, a lo cual la actora apeló la decisión ante el organismo. Posteriormente, y luego de la realización de nuevos estudios, la comisión elevó el quantum de la incapacidad, pero sin alcanzar el porcentaje establecido en el art. 48 de la Ley 24.241, denegando lo peticionado. Ante la situación planteada, la actora procedió a presentar un recurso directo ante la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, lugar de residencia habitual. El exhorto se basó en el planteo de inconstitucionalidad de lo dispuesto en los términos del art. 49, inciso 4, de la Ley 24.241, obligándola a litigar a más de 1400 kilómetros de distancia de su domicilio. Estas atribuciones de competencia se pueden interpretar como lesivas para la parte actora, del mismo modo que agravian de manera directa el derecho de acceso a la justicia, lo cual prima como garantía constitucional. Esta desprotección judicial y situación de desigualdad hace más evidentes los problemas y afecciones médicas que padece la misma, dado el contexto de extrema vulnerabilidad que perturba a la demandante.
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    “La libertad sindical en el marco de las asociaciones sindicales simplemente inscriptas”
    (2025) Martínez, Guadalupe Anahí
    La siguiente nota a fallo parte desde el análisis de los autos caratulados “Sindicato Unidos de Trabajadores del PAMI (SUTEPA) c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados s/ Juicio Sumarísimo”. Este fallo, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con fecha de sentencia el 17 de septiembre de 2024, se desenvolvió en el marco de un recurso extraordinario (amparo sindical), en donde SUTEPA (asociación sindical de primer grado simplemente inscripta) promueve acción sumarísima contra el INSSJP (entidad con mayor porte gremial y representativo) con el objetivo de hacer cesar diversas prácticas antisindicales y discriminatorias que vulneraban sus derechos y libertades. En consecuencia, la parte demandada acciona contra la parte actora apelando dicha sentencia esgrimida en primera instancia, siendo la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo quien modifica parcialmente la sentencia que había hecho lugar al amparo sindical promovido por SUTEPA, dictaminando una nueva resolución y originando posteriormente a ese pronunciamiento la interposición de un nuevo recurso extraordinario por ambas partes litigantes. En consecuencia, la importancia socio‑jurídica de este precedente deriva en que la CSJN antepuso la defensa de los derechos sociales, sindicales y democráticos establecidos en nuestra Constitución, fundándose en los principios de igualdad, equidad y libertad que rigen en la materia, por sobre normas y reglas que rigen nuestro ordenamiento jurídico interno en materia sindical.
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    Acceso a la justicia de las víctimas de Trata de Personas: Obstáculos, proceso penal y estándares internacionales.
    (2025) Pascual Kinan, Alika
    El presente trabajo busca analizar críticamente el acceso a la justicia y las garantías procesales de las víctimas del delito de trata de personas en el sistema penal argentino, a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos. Partiendo del reconocimiento de la trata de personas y explotación de personas como una forma contemporánea de esclavitud y una grave violación a los derechos humanos, la investigación aborda el grado de adecuación entre la normativa nacional, su aplicación y las obligaciones asumidas por el Estado argentino. Se examinan en profundidad los derechos de las víctimas durante el proceso penal en concordancia con instrumentos internacionales como el Protocolo de Palermo, la Convención CEDAW y otros documentos vinculantes. Asimismo, se identifican obstáculos estructurales que limitan el ejercicio pleno de estos derechos —revictimización, falta de patrocinio especializado, invisibilización en el proceso— a partir del análisis normativo, doctrinario, jurisprudencial y entrevistas a sobrevivientes. Y concluye con propuestas orientadas a promover un proceso penal más humano, accesible y respetuoso de los derechos fundamentales de quienes han atravesado el delito.
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    Derecho a la alimentación y función social de la propiedad en la problemática de agroquímicos de Argentina.
    (2025) Fernández, Federico
    En el presente trabajo de investigación se evaluó la suficiencia del marco normativo constitucional y legal argentino para garantizar el derecho a la alimentación adecuada vulnerado por el uso de agroquímicos y limitar el uso de estos a la luz de la función social de la propiedad. Para ello, se adoptó un enfoque cualitativo dogmático, basado en el análisis documental de normas, doctrina, jurisprudencia e informes de organismos internacionales. Se procedió a estudiar la recepción del derecho a la alimentación y la función social de la propiedad en cuerpos legislativos nacionales e internacionales, donde se halló la inclusión implícita de ambos en la Constitución Nacional Argentina, para después efectuar su análisis, crítica y relacionarlos con la problemática actual de alimentos fumigados con sustancias agroquímicas. Finalmente, se llegó a la conclusión de que el marco normativo constitucional y legal argentino es insuficiente a la hora de garantizar eficazmente el derecho a la alimentación y receptar la función social de la propiedad para limitar las fumigaciones de agroquímicos y su contaminación de los alimentos.
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    Derecho de acceso a la cultura en Argentina. Influencia del soft law internacional.
    (2025) Fernández, Martín
    Este trabajo investigó el rol de las normas soft law internacionales en la fundamentación y configuración de un derecho pleno de acceso a los bienes culturales y al patrimonio cultural aplicable al sistema jurídico argentino. Adoptando un enfoque cualitativo, la investigación se realizó mediante un análisis jurídico‑dogmático de normativa nacional, subnacional, normas vinculantes y no vinculantes internacionales relacionadas al derecho de acceso a la cultura, así como se analizó doctrina actualizada y jurisprudencia argentina relacionada. Se adoptó un diseño de estudio de tipo exploratorio‑descriptivo, con la finalidad de explorar el derecho de acceso a la cultura y descifrar sus principios básicos aplicables. Se encontró una serie de principios enumerados en un ordenamiento jurídico compuesto de normas soft law internacionales (provenientes de la UNESCO y el ámbito de la ONU) que delimitan la existencia del “derecho de acceso a la cultura” como componente del “derecho a participar en la vida cultural de la comunidad”, consagrado constitucionalmente en Argentina, y se identificaron las normas argentinas que receptan explícita e implícitamente dichos principios. Con ello, se concluyó que el ordenamiento argentino recepta de manera dispersa el derecho de acceso a la cultura, garantía eficaz para lograr la plenitud del ejercicio de los derechos culturales universales. Se verificó que el corpus del soft law internacional ofrece herramientas de interpretación valiosas para fortalecer el derecho de acceso a la cultura y reforzar una concepción de defensa colectiva y comunitaria del patrimonio cultural en el ordenamiento argentino.
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    Flexibilización procesal en el derecho de familia: cuidado unilateral y el interés superior del niño con discapacidad
    (2025) Echegaray, Oscar Mauricio
    El Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCCN) trata en el Libro VII lo referente a la responsabilidad parental. En su capítulo IV regula los deberes y derechos sobre el cuidado de los hijos, especificando que “cuando los progenitores no conviven, el cuidado personal del hijo puede ser asumido por un progenitor o por ambos” (CCCN art. 649). Y que “el juez debe otorgar, como primera alternativa, el cuidado compartido del hijo con la modalidad indistinta...” (CCCN art. 651). Entonces, la regla es el cuidado compartido. Cuando esto no fuere posible, el juez puede determinar de forma excepcional el cuidado unipersonal, ponderando la prioridad del progenitor que facilita el derecho a mantener trato regular con el otro; la edad del hijo; la opinión del hijo; y el mantenimiento de la situación existente y respeto del centro de vida del hijo (CCCN art. 653). Sumado a esto, la Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante CDN), la cual goza de jerarquía constitucional (CN art. 75 inc. 22), y la Ley n.º 26.061, Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (en adelante LPIDNA), consagran el interés superior del niño. La presente nota analiza un fallo del Juzgado de Familia de Río Cuarto dictado el 13 de diciembre de 2022, caratulado “xxx - D., L. N. en representación de su hijo menor c/ B., M. S. - Cuidado Personal”, en el cual se hace lugar a la demanda deducida por el Sr. L. N. D., disponiendo el cuidado personal unilateral de su hijo L. S. D., a su cargo.
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    Niñez vulnerable y formalismo judicial: una tensión entre garantías y protección
    (2025) Barcovsci, Josefina
    El presente trabajo analiza el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “G., G. E. s/ abuso sexual agravado por la convivencia y el parentesco”, del 25 de octubre de 2023. Este caso pone de manifiesto una tensión jurídica central: la que existe entre el cumplimiento de las formas procesales y la obligación de garantizar el interés superior del niño, especialmente cuando está en juego su bienestar emocional. A lo largo del proceso, el niño víctima fue citado en reiteradas oportunidades, a pesar de haber manifestado su voluntad de no seguir participando. Esa reiteración implicó una clara situación de revictimización. Frente a ello, la Corte debió resolver si correspondía anular la condena penal por un supuesto defecto formal en la votación de los jueces, o si, por el contrario, debía priorizarse la protección del menor evitando una nueva exposición al juicio. En este trabajo abordo los aspectos procesales del caso, la resolución adoptada por el tribunal y los argumentos utilizados por la Corte. También desarrollo los antecedentes doctrinarios y jurisprudenciales que sirven de marco para comprender la decisión. Finalmente, expongo mi postura personal, convencida de que el derecho no puede ser aplicado sin tener en cuenta el contexto y las consecuencias humanas de las decisiones judiciales. La finalidad del proceso no es solo el cumplimiento técnico de las normas, sino la construcción de justicia real, especialmente cuando se trata de niñas y niños víctimas de delitos.
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    La consulta indígena: ¿Un derecho real o una formalidad vacía?
    (2025) Rodríguez, Florencia
    En el presente trabajo se analiza una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de Jujuy en el caso Comunidad Las Capillas de Pueblo Ocloya vs. Minera Piuquenes S.A., de fecha 7 de febrero de 2024, que resolvió un conflicto ambiental vinculado con la negativa al derecho de consulta previa de la comunidad indígena Las Capillas, ante el avance de una empresa minera sobre su territorio. Esta situación tuvo lugar en el marco de un plan de ordenamiento territorial aprobado por autoridades provinciales. La sentencia aborda el derecho a la consulta indígena como derecho humano, derivado de la especial situación de vulnerabilidad de los pueblos originarios. La falta de mecanismos adecuados para garantizar una consulta previa, libre e informada evidencia una doble afectación: por un lado, al derecho ambiental, y por otro, al derecho a la participación de las comunidades indígenas en decisiones que puedan afectarlas directamente. Se advierte una colisión normativa entre leyes nacionales y provinciales sobre procedimientos de desmonte y protección ambiental, frente a la omisión del deber estatal de garantizar la consulta. Este conflicto jurídico es conceptualizado como un problema axiológico, que exige a los jueces ponderar principios en tensión para asegurar el mayor respeto posible a los derechos humanos comprometidos.
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    “El uso del cannabis medicinal”
    (2025) Zavala Esandi, Paula Emilia
    En el presente se abordará el derecho a la salud en relación al uso del cannabis como tratamiento medicinal, y el conflicto normativo existente entre diversas normas especiales de nuestro ordenamiento jurídico y los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución Nacional. Los actores en este caso, en representación de sus hijos menores de edad, ponen en cuestionamiento la Ley 27.350 alegando que la misma vulnera derechos humanos fundamentales consagrados en nuestra Constitución Nacional, como lo son el derecho a la vida y a la salud. En relación a la temática, puedo decir que el derecho a la salud es un derecho inclusivo y comprende un amplio conjunto de factores que pueden contribuir a una vida sana en general. Asimismo, en el presente trabajo se pondrá de manifiesto los alcances del derecho a la privacidad legislados en el art. 19 de la Constitución Nacional y sus limitantes. En este sentido, teniendo en cuenta el artículo precedente, se puede aseverar que en nuestro Estado todo lo que no está prohibido se sobreentiende permitido; el limitante a realizar determinada acción lo tenemos que encontrar legislado en alguna norma del Estado.
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    “Enfermedades Raras, Derechos invisibilizados: Desafíos Jurídicos en el Acceso a la Salud en Argentina”
    (2025) Chávez, Javier Gonzalo
    Este trabajo se centra en el análisis del fallo “R. C., G. c/ Ministerio de Salud de la Provincia de Salta” del 26 de junio de 2023, que tiene mucha importancia porque trata sobre el derecho a la salud de una persona diagnosticada con una enfermedad poco frecuente (EPOF), sin obra social y en situación de extrema vulnerabilidad. El conflicto surge porque el medicamento que necesita no estaba incluido en el vademécum provincial, lo cual llevó a que el caso se resuelva mediante una acción de amparo. En el caso, el señor R. C., G., residente en la provincia de Salta, promovió una acción de amparo ante la negativa estatal de garantizar su tratamiento para una enfermedad poco frecuente. Este conflicto reviste una gran relevancia social y, al mismo tiempo, interpela al derecho en cuanto mecanismo de protección de los sectores más vulnerables. Marisa Aizenberg (2014) sostiene que el derecho a la salud debe comprenderse como un derecho humano fundamental, vinculado de forma directa con la dignidad y la calidad de vida, y que impone al Estado obligaciones reforzadas de protección cuando se trata de personas en situación de exclusión o debilidad estructural. En este sentido, el caso obliga a reflexionar acerca de si el Estado provincial puede priorizar argumentos presupuestarios o administrativos por sobre la efectividad de derechos sociales esenciales, cuando está en juego la vida de un individuo que depende enteramente de la respuesta estatal.
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    Grupos vulnerables y personas en contexto de vulnerabilidad
    (2025) Mieres, Gladys Ramona
    El presente trabajo tiene como eje central el análisis del fallo dictado por la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia del Chaco, en el caso “D. R. E. y D. P. I. s/ Homicidio calificado por alevosía y por el vínculo” – Recurso de Casación – (Sentencia N.º 101/2022, de fecha 14 de julio de 2022). En dicha resolución se hace lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de D. P. I., madre de la niña fallecida; se rechaza el recurso formulado por la defensa de R. E. D., padrastro de la misma; y se declara la nulidad parcial de la sentencia N.º 50/20 y del debate que la precedió. Como consecuencia, se dispone la absolución de culpa y cargo de D. P. I. respecto del hecho por el cual había sido imputada. El fallo del STJ centra su análisis en dos aspectos fundamentales: por un lado, el tratamiento defectuoso de la valoración de la prueba, y por otro, la omisión de aplicar la perspectiva de género exigida por los estándares normativos vigentes en contextos de vulnerabilidad. Ambas deficiencias afectaron sustancialmente la legitimidad del proceso y la decisión adoptada.
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    “El derecho penal juvenil y la protección reforzada de niños, niñas y adolescentes: límites a la pena privativa de la libertad”
    (2025) Ferreyra, Viviana del Carmen
    La normativa penal juvenil en Argentina se encuentra regulada por la Ley 22.278, que en su artículo 4 permite aplicar penas privativas de libertad a jóvenes desde los 16 años, siempre que se cumplan determinadas condiciones. No obstante, este régimen convive con otras disposiciones de jerarquía superior o complementaria, como la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y la Ley 26.061, que establecen obligaciones estatales específicas de protección reforzada hacia niños, niñas y adolescentes, enfatizando la necesidad de priorizar estrategias socioeducativas en lugar de sanciones de tipo represivo. La coexistencia de estos marcos normativos revela una tensión entre la norma penal vigente y los principios rectores del sistema de protección integral, tales como la mínima intervención, la proporcionalidad de la respuesta estatal y la reintegración social del adolescente, lo que constituye el eje del presente análisis. En el fallo “V., M. S. s/ recurso de casación”, resuelto por la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional el 16 de octubre de 2024, el tribunal decidió revocar en forma parcial la condena impuesta a un joven, al considerar que dicha sanción resultaba excesiva y desproporcionada, teniendo en cuenta su situación de vulnerabilidad estructural. La resolución judicial destaca la necesidad de compatibilizar el derecho penal juvenil argentino con los compromisos asumidos en materia de derechos humanos a nivel internacional, evidenciando la búsqueda de un equilibrio entre las normas internas y los estándares protectores consagrados por el sistema universal de derechos del niño.
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    El razonamiento judicial con perspectiva de género en casos de disolución convivencial sin pacto
    (2025) Mastrángelo, Liliana Evelina
    El presente fallo resalta el deber y obligación de los jueces de fallar con perspectiva de género. En este caso en particular, se analiza la casuística en miras al interés familiar y se aspira a su mejor resultado, justo y equitativo. Resalta la necesidad de una valoración adecuada de la prueba, más aún en casos donde involucra el derecho de familia, donde deben adoptarse criterios de valoración más flexibles y sensibles, teniendo en cuenta las relaciones interpersonales y dinámicas de poder, complejas y difíciles de probar, como en el caso: relación convivencial por casi 20 años y sin pacto, donde todo el esfuerzo, trabajo y aportes es por y para el proyecto en común y, a la ruptura, es clara la desproporción entre una y la otra parte al momento de la división de bienes, más aún para quien no los tiene inscriptos a su nombre.
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    ¿Despido libre en periodo de prueba?
    (2025) Monteverde, Mariano Enrique
    El fallo comentado reitera la tendencia jurisprudencial de aplicar, en las relaciones laborales, la norma antidiscriminatoria dictada con carácter general. El derecho en forma integral y los principios básicos de convivencia, entre ellos el de igualdad y de no discriminación, y la prueba de este último, constituyen el núcleo principal de los votos, y particularmente del voto minoritario, a los fines de fundamentar la licitud o ilicitud del despido. A partir de los principios generales del derecho del trabajo, y el de igualdad y de dignidad inherente a la persona humana, se debe interpretar el derecho procesal y definir la cuestión probatoria en cuanto a la carga de la prueba y la intensidad de la misma, temas que son considerados en el fallo.
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    Acceso Efectivo al Derecho a la Salud de las Personas con Discapacidad
    (2025) Fischer, Clara
    El derecho a la salud es un derecho humano fundamental, consagrado en tratados internacionales con jerarquía constitucional (Constitución Nacional, 1994, art. 75 inc. 22). A nivel provincial, la Constitución de la Provincia de Entre Ríos también lo consagra como tal y establece la obligación estatal de garantizar a las personas con discapacidad la igualdad real de oportunidades y la atención integral de la salud orientada a la prevención y rehabilitación (2008, arts. 19 y 21). Sin embargo, en la práctica, esto no siempre se garantiza de forma efectiva, lo que conduce a que muchas personas con discapacidad deban recurrir a la justicia para acceder a prestaciones médicas urgentes o esenciales para su salud y calidad de vida. En este marco, el fallo “Cáceres” surge a raíz de una acción de amparo de salud promovida por Mario Luis Cáceres, quien padece una discapacidad, contra el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER). La demanda se originó ante la negativa de la obra social a brindar cobertura integral para la realización de un estudio médico indicado con carácter urgente, que tenía por objeto determinar si el afiliado padecía o no cáncer de próstata. Este caso adquiere especial relevancia jurídica ya que reflejó una postura judicial comprometida con la protección del derecho a la salud por parte de la mayoría del tribunal interviniente, quienes reconocieron la especial situación de vulnerabilidad, por ser éste una persona adulta mayor con discapacidad. En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reconocido en numerosos precedentes que el envejecimiento y la discapacidad son “causas predisponentes o determinantes de vulnerabilidad”, ya que normalmente obligan a los concernidos a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia, calidad de vida y el consecuente ejercicio de sus derechos fundamentales (“Garay c/ ANSES”, CSJN, 2021; “García c/ AFIP”, CSJN, 2019).