Abogacía
URI permanente para esta colecciónhttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/12768
Si creés que la Justicia no es una noción abstracta, sino una construcción diaria que impacta en la vida de todas las personas y de tu comunidad, el Derecho es tu camino. Desde los principios teóricos de los estudios legales hasta el ejercicio diario de la resolución de conflictos, esta carrera te permitirá trabajar e incidir en diferentes ámbitos de tu realidad. A través de la Abogacía, podrás desarrollar una carrera para gestionar y solucionar problemáticas jurídicas de nuestro país, región y el resto del mundo, colaborando para una sociedad más equitativa y pacífica.
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Item type: Ítem , “La interseccionalidad de vulnerabilidades de una niña y su madre frente a la potestad punitiva del Estado”(Universidad Siglo 21, 2025) Ledezma, María AngelicaAl definir el concepto de vulnerabilidad y su implicancia, Basset (2017) asevera que esta perspectiva conlleva a reconocer las condiciones —sean transitorias o permanentes— que afectan o limitan la capacidad de una persona para ejercer plenamente sus derechos o desenvolverse con autonomía. Dicha noción ha sido incorporada por el Poder Judicial como herramienta interpretativa para reforzar la tutela efectiva de derechos y adoptar decisiones más inclusivas y acordes al contexto real de las personas involucradas en estado de vulnerabilidad. En este marco, la resolución dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba en el caso “Incidente de prisión domiciliaria peticionado por el señor asesor letrado de segundo turno a favor de C. Y. O. – Recurso de Casación” (11/11/2022) dejará al descubierto la transversalidad de vulnerabilidades que aquejan tanto a la madre como a su hija C. Q., de tan solo tres años. La relevancia que trasciende del análisis radica en la ausencia de una perspectiva de género e interseccionalidad, ya que la condenada C. Y. O. es una mujer joven, pobre, madre, víctima de violencia familiar y sin recursos, condiciones que configuran una situación de vulnerabilidad estructural que no fue debidamente considerada previamente por la Cámara.Item type: Ítem , Abuso Sexual Eclesiástico de Menores: Valoración de la prueba frente al estándar de certeza, desde una perspectiva de contextualización de la vulnerabilidad y no revictimización(Universidad Siglo 21, 2025) Diaz Orellano, Lucrecia AgostinaLa Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza resolvió el recurso extraordinario presentado por la señora Valenzuela y su hijo, reclamando una solución habitacional de manera urgente. El pedido de una vivienda se sustentaba en la situación de vulnerabilidad y la discapacidad del niño. El derecho a la vivienda digna (CN, art. 14 bis) no genera una obligación de manera automática frente a las personas que soliciten la inclusión prioritaria en los planes habitacionales, aunque sí es una prerrogativa conferida. Este derecho impone al Estado que, en beneficio del progreso y de subsanar las necesidades habitacionales, establezca políticas públicas impulsadas para tal fin. Para acceder a los planes habitacionales del Estado se requiere del cumplimiento de determinadas formalidades. Negar el acceso a una vivienda por no cumplir con esas formalidades no incurre en discriminación, sino que, por el contrario, respeta la posibilidad de la igualdad para todas las personas. El Estado procede a discriminar cuando no ejerce su poder en la creación de políticas públicas que resulten suficientes para que todas las personas en situación de vulnerabilidad puedan acceder a su propia vivienda digna.Item type: Ítem , Entre la vivienda digna y la justicia esquiva: Una puerta cerrada para los más vulnerables(Universidad Siglo 21, 2025) Urquiza, Andrea ElisaLa Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza resolvió el recurso extraordinario presentado por la señora Valenzuela y su hijo, reclamando una solución habitacional de manera urgente. El pedido de una vivienda se sustentaba en la situación de vulnerabilidad y la discapacidad del niño. El derecho a la vivienda digna (CN, art. 14 bis) no genera una obligación de manera automática frente a las personas que soliciten la inclusión prioritaria en los planes habitacionales, aunque sí es una prerrogativa conferida. Este derecho impone al Estado que, en beneficio del progreso y de subsanar las necesidades habitacionales, establezca políticas públicas impulsadas para tal fin. Para acceder a los planes habitacionales del Estado se requiere del cumplimiento de determinadas formalidades. Negar el acceso a una vivienda por no cumplir con esas formalidades no incurre en discriminación, sino que, por el contrario, respeta la posibilidad de la igualdad para todas las personas. El Estado procede a discriminar cuando no ejerce su poder en la creación de políticas públicas que resulten suficientes para que todas las personas en situación de vulnerabilidad puedan acceder a su propia vivienda digna.Item type: Ítem , “Salud: una mirada a su legislación y problemática actual”(Universidad Siglo 21, 2025) Reque Jiménez, Araceli MicaelaEn nuestra actualidad, los niños, niñas y adolescentes con algún tipo de discapacidad conforman uno de los segmentos más marginados de la sociedad y cuyos derechos son continuamente vulnerados. A diario se enfrentan a múltiples barreras culturales, sociales, económicas; son objeto de indiferencia, estigmatización, abuso y violencia. Resulta difícil, en muchos de estos casos, que los mismos accedan a ciertos derechos como, por ejemplo, el derecho a la salud y el derecho a la educación, de manera igualitaria en comparación con otros niños, niñas y adolescentes considerados “sanos”. En este caso, el fallo elegido es “V., V. c/ Mutual Federada – Federada Salud s/ prestaciones médicas”. Procede a partir de un recurso extraordinario presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y relata el caso de una acción de amparo iniciada por la progenitora en representación de su hijo, un niño que padece una discapacidad, contra una prestadora de servicios de salud, a fin de que esta le reconociera la cobertura de dos prestaciones que solicitaba; puntualmente, en este caso, se trataba de “un acompañamiento terapéutico extraescolar domiciliario” y “acompañante terapéutico domiciliario”. Este conflicto fue pasando por diferentes instancias, hasta finalmente llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.Item type: Ítem , “Los derechos ambientales: derechos colectivos y la revolución jurídica”(Universidad Siglo 21, 2025) Martin, Azar StarcichEn la siguiente nota a fallo se analiza un dictamen de la CSJN resuelto el 11 de marzo de 2021, que involucra a la provincia de Corrientes y al Estado Nacional, por cuestiones de competencia sobre los recursos naturales originarios en dicha provincia. El problema surge por la iniciativa de construir un dique para formar un lago, el cual sería destinado para el riego de un cultivo de arroz. De acuerdo al plan inicial, y con posterioridad, se prevé la construcción de una represa, convirtiéndose en un plan de inversión hidráulica‑agropecuaria de gran envergadura. Mediante resolución emitida por el Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA) se otorga el permiso para el comienzo de la obra en el “Proyecto Productivo Ayuí Grande”, el cual fue suspendido por un amparo realizado por el Estado Nacional. El tema central de este fallo radica en la importancia que tiene el medio ambiente y el impacto que este puede llegar a causar, como en este caso, en lo político, social y económico. Los estudios realizados derivaban en una contaminación del Arroyo Ayuí Grande, del afluente Río Miriñay que, a su vez, desemboca en el Río Uruguay, y es una contaminación que afecta no solo a Corrientes, sino también interprovincialmente, afectando a Entre Ríos, e internacionalmente, afectando a Uruguay.Item type: Ítem , "Priorizando el Vínculo Afectivo: El Interés Superior del Niño en los Procesos de Adopción según la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina"(Universidad Siglo 21, 2025) Lobo Murtagh, Santiago AndrésEl fallo bajo análisis “G., A. C. y otro s/ guarda con fines de adopción”, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en adelante CSJN, el 20 de abril de 2023, presenta relevancia porque implica un pronunciamiento acerca del principio de interés superior de los niños, receptado constitucionalmente y reafirmado por los instrumentos internacionales a los que nuestro país se ha adherido (arts. 3°, CDN, y 75, inc. 22, C. N.), que debe guiar los procesos de guarda con fines de adopción. Se trata de una cuestión federal actual de especial importancia porque reconoce la vulnerabilidad de los infantes y la necesidad de otorgarles protección especial. Al respecto, González, siguiendo a Moreno Crossley, sostiene que la vulnerabilidad social comprende una condición de riesgo o indefensión, la susceptibilidad a sufrir algún tipo de daño o perjuicio, o de padecer la incertidumbre (González, 2009). Como consecuencia de esta vulnerabilidad, los fallos que tienen como protagonistas a niños merecen especial atención.Item type: Ítem , Una hija, tres padres: el fallo que desafía el derecho argentino(Universidad Siglo 21, 2025) Berardo, Rodrigo JuliánEl fallo dictado por el Juzgado de Familia de 2.° Nominación de Córdoba, con fecha 28 de febrero de 2024, en el expediente n.º 11380503, se destaca en el derecho argentino por reconocer la triple filiación de una adolescente, sobre la base de un vínculo afectivo sostenido y voluntario con sus tres figuras parentales: su madre biológica, su padre biológico y su padre socioafectivo, con quien mantiene un lazo a lo largo de su vida. La decisión judicial se contrapone al límite binario previsto por el artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación¹, cuyo último párrafo establece: “Ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación”. Ante esta restricción legal, el tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo mencionado, en tanto impedía el pleno reconocimiento de la identidad de la adolescente y lesionaba derechos constitucionales y convencionales fundamentales. El caso refleja la discusión sobre la pluriparentalidad, en donde muestra que las leyes actuales no alcanzan para responder a las nuevas formas de familia, generando dudas respecto a decisiones importantes sobre el menor que pueden afectar la salud, su representación legal, entre otros. Por eso debería pensarse en la idea de crear una ley que fije condiciones precisas y que garantice tanto el interés del niño como la seguridad jurídica para todas las familias (Medina, 2020).Item type: Ítem , Gestación por sustitución remunerada en Argentina y su posible encuadre penal: un análisis crítico sobre vulnerabilidad, consentimiento y trata de personas(Universidad Siglo 21, 2025) Taricco, MartinaEste trabajo explora la posible configuración de la gestación por sustitución remunerada como una forma de trata de personas con fines de explotación reproductiva, en aquellos casos donde interviene la captación de mujeres en condiciones de extrema vulnerabilidad socioeconómica. Frente a la ausencia de una regulación legal específica en Argentina, se examina el modo en que esta práctica —cuando se desarrolla informalmente y con participación de terceros que obtienen un rédito económico— puede desdibujar los límites entre elección libre y explotación. A partir del análisis de los artículos 145 bis y ter del Código Penal, junto con el aporte de la doctrina, jurisprudencia y el derecho comparado, el trabajo indaga cómo operan los factores estructurales que condicionan el consentimiento y pone en tensión la noción de autonomía en contextos de desigualdad. La investigación se enmarca en una perspectiva jurídica crítica con enfoque de género y busca aportar herramientas para pensar la intervención penal en un terreno donde el deseo, la necesidad y el mercado se entrelazan de manera compleja.Item type: Ítem , Analisis del caso “L., M. s/ abrigo”.(Universidad Siglo 21, 2025) Tejada, María FlorenciaMotiva el presente trabajo el fallo de la Corte Suprema de Justicia (en adelante, CSJN) donde dicta sentencia el día 7 de octubre de 2021 en los autos caratulados “L., M. s/ abrigo”. Allí, la niña de autos es institucionalizada a pocos días de su nacimiento. Tal situación tiene lugar cuando la menor es separada de su familia de origen, ya que la progenitora manifiesta haber sido víctima de violencia y abuso por parte de quien fuera su pareja previa al nacimiento de su hija y encontrarse en un contexto de extrema vulnerabilidad social. Las relaciones familiares constituyen una necesidad básica en los niños y niñas, de la que deriva la existencia para ellos del derecho a una vida en familia. La existencia de este derecho debería condicionar en la práctica el modo en que se estructura y organiza la protección de menores, tanto en el plano nacional como en el internacional, muy especialmente en lo relacionado con las ayudas a la familia de origen, las declaraciones de adoptabilidad de los niños y niñas, y el favorecimiento de los acogimientos familiares en familia extensa o ajena. Sin embargo, la protección del derecho a la vida en familia, con todas sus implicaciones, adolece en la actualidad de importantes lagunas y serias contradicciones, tanto nacionales como internacionales, sobre las que es necesario reflexionar (Bengoechea, 2011).Item type: Ítem , Ponderación de normas y sujetos vulnerables(Universidad Siglo 21, 2025) Martínez, Graciela NoemiLos términos de las 100 Reglas de Brasilia (Asamblea Plenaria de la XIV Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, 2008) hacen referencia concreta a que la condición de vulnerable se asocia a la dificultad que poseen ciertos colectivos de ejercer sus derechos en pie de igualdad con el resto de las personas (Regla 2.1). Existen múltiples condiciones o caracteres que pueden llegar a denotar la condición de vulnerable en una persona, y una de ellas tiene que ver justamente con la edad, y más precisamente con la infancia. Columba del Carpio Rodríguez (2017) refiere concretamente a que se trata de una población altamente vulnerable cuya fuente se asocia a la edad, y con ello a un alto grado de dependencia e invisibilidad jurídica. La perspectiva de vulnerabilidad es una herramienta de suma importancia y eficacia en el juzgamiento de hechos en los cuales participan sujetos merecedores de una tutela eficaz.Item type: Ítem , Reconocimiento y respeto de los derechos de los pueblos indígenas en Argentina: análisis jurídico y consulta previa(Universidad Siglo 21, 2025) Domes, José LuisAbordar el fallo elegido desde la temática de los grupos vulnerables o en contexto de vulnerabilidad es comprometido porque ciertas comunidades, como los pueblos indígenas, han sido históricamente marginadas, discriminadas o excluidas de procesos de toma de decisiones que afectan directamente su vida, cultura y derechos. Esta mirada ayuda a reconocer la desigualdad estructural que enfrentan estas comunidades y destaca la importancia de garantizar su participación y consulta en decisiones que les impactan. Una perspectiva de vulnerabilidad destaca la necesidad de abordar las injusticias históricas y proporcionarles un campo de juego más equitativo en la protección de sus derechos. Los grupos indígenas tienen estructuras sociales, políticas y culturales únicas que deben ser protegidas y, desde una mirada centrada en la vulnerabilidad, es importante reconocer la necesidad de preservar estas características distintivas y evitar que las políticas impongan modelos externos que puedan erosionar su identidad. Un enfoque de este tipo ayuda a garantizar que las leyes y decisiones estatales no afecten de manera desproporcionada a estas comunidades, salvaguardando así la diversidad y riqueza cultural de los pueblos indígenas. También, el estudio del caso implica comprender que las comunidades indígenas tienen menos recursos y menos poder para defender sus derechos, lo que los deja en desventaja frente a las estructuras institucionales tradicionales. Por ello, un enfoque que tenga en cuenta la vulnerabilidad busca equilibrar el campo de juego, permitiendo que sus voces sean escuchadas y tengan un peso justo en el proceso de toma de decisiones.Item type: Ítem , El travesticidio como máxima expresión del odio a la identidad de género: Análisis del caso “Melody Barrera”(Universidad Siglo 21, 2025) Pechemiel Barcenilla, MartínEn el presente comentario se abordará la temática de grupos vulnerables, reconociendo al colectivo de mujeres travesti como una población sistemáticamente excluida, cuyos derechos humanos fundamentales le han sido vedados por una sociedad que ha normalizado prácticas machistas, patriarcales y con marcados sesgos de género. Las 100 Reglas de Brasilia (2018) abordan el concepto de “vulnerabilidad” desde un aspecto general e incluye a aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas y culturales, encuentran serias dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico (inc. 4°). Para Napiarkorvski (2012) el no reconocimiento de la identidad de género de las personas trans es el motivo principal que hace que se perpetúe más la vulnerabilidad en estas personas. Para el autor, el negacionismo sobre el derecho de las personas de vivir libremente su identidad de género reside en la criminalización y estigmatización que la sociedad ha construido sobre estas identidades.Item type: Ítem , La responsabilidad del Estado en los casos de violencia de género(Universidad Siglo 21, 2025) Silveira, María EugeniaEl presente modelo de caso tiene a las cuestiones de género como base de su análisis y, de manera especial, la temática de responsabilidad del Estado en modalidad de omisión, atento a que aquí se analizó la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba en “Q. R. B. c/ Provincia de Córdoba” (9-06-2020), en donde se decidió rechazar el recurso directo que había interpuesto el Estado mencionado en contra de la sentencia que determinaba que el mismo debía resarcir pecuniariamente a los progenitores de M. B. Q. La misma había realizado denuncias por situaciones de violencia familiar y de género, respecto de las cuales el Estado mencionado tuvo conductas omisivas en vez de actuar ante los reclamos de la víctima, quien acabó asesinada junto a su hijo. Afortunadamente, hoy en día, los magistrados tienen en cuenta esta temática de modo especial al aplicar perspectiva de género en los casos en los que resulta pertinente. Esto es así, a pesar de no ser una tarea sencilla, puesto que implica la sensibilización y la constante capacitación de los operadores intervinientes (Ortiz, 2019).Item type: Ítem , Interpretación del artículo 770 del Código Civil y Comercial en materia de créditos laborales: límites al anatocismo y seguridad jurídica(Universidad Siglo 21, 2025) Garay, Esteban HernanEl presente trabajo se enmarca en el modelo DESCA (Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales), que busca garantizar la protección efectiva de los derechos laborales y de seguridad social, en particular la preservación del valor real de los créditos laborales frente a procesos inflacionarios prolongados (Grisolía, 2015, p. 572). Este enfoque enfatiza la dimensión socioeconómica del derecho al trabajo y la necesidad de mecanismos jurídicos que aseguren una retribución justa y acorde con la capacidad adquisitiva de los trabajadores. Se analiza el fallo “Oliva, Fabio Omar c. COMA S. A. s/ despido”, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 29 de febrero de 2024. Esta sentencia reviste gran importancia tanto en el ámbito del Derecho del Trabajo como en el Derecho Constitucional, ya que enfrenta la cuestión de la actualización de créditos laborales en un contexto de alta inflación y fija los parámetros interpretativos para la aplicación del anatocismo en condenas laborales (Corte Suprema de Justicia de la Nación [CSJN], 2024).Item type: Ítem , La continuidad del derecho alimentario hacia un descendiente con discapacidad analizado bajo la óptica de un problema lógico(Universidad Siglo 21, 2025) Pasut Romera, ValentinaEl tema aquí convocado concierne a los grupos vulnerables y, en razón de ello, es pertinente manifestar la trascendencia de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (2008), ya que delimitan y enumeran los sujetos que pertenecen a dicho colectivo, que son denominados beneficiarios. Consecuentemente, ante la restricción o cercenamiento de los derechos de dicho grupo, tienen como finalidad establecer estándares para facilitar la defensa de los mismos y alinearlos en pie de igualdad con respecto a los demás. No puede dejar de mencionarse que en la Regla 3 se comprende dentro de los beneficiarios a las personas con discapacidad, a la vez que las define, mientras que la Regla 8 instaura medidas para el logro del acceso eficaz al sistema de justicia. Desde otra óptica, en el fallo se verificará la introspección de la naturaleza jurídica de la obligación alimentaria; los Dres. Lloveras y Faraoni (2010) esgrimen que no debe confundirse con los alimentos derivados de la responsabilidad parental, ya que constituye una categoría de alimentos denominados impuros o singulares, dado que pueden prorrogarse en el tiempo. En ese marco, Méndez Costa (2006) sostiene que se debe acrecentar la cooperación y contribución familiar cuando los individuos involucrados se hallen en un emplazamiento de vulnerabilidad.Item type: Ítem , “El abuso sexual y sus elementos probatorios”(Universidad Siglo 21, 2025) Talquenca, Mariana DanielaEl fallo analizado del expediente PEX n.º 179259/18 trata sobre el caso de abuso sexual agravado por el vínculo cometido por A. J. L. F. contra su hija menor N. S. F. El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes revocó la sentencia absolutoria basada en el principio “in dubio pro reo” emitida por el Tribunal Oral Penal n.º 2. El caso destaca la importancia de valorar adecuadamente los elementos probatorios, considerar la vulnerabilidad de la víctima y aplicar una perspectiva de género en la evaluación de pruebas. La denuncia fue presentada por la madre de la menor, detallando los abusos sufridos por su hija en un contexto familiar. En este trabajo se analizará desde la perspectiva de los grupos vulnerables y en contexto de vulnerabilidad. En este sentido, lo definen las 100 Reglas de Brasilia en su art. 3, sección 2, e indican que se consideran en condición de vulnerabilidad aquellas personas quienes, por razón de su edad, género, orientación sexual e identidad de género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, o relacionadas con sus creencias y/o prácticas religiosas, o la ausencia de estas, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.Item type: Ítem , Derechos fundamentales en el mundo del trabajo(Universidad Siglo 21, 2025) Burnet, Maria ValentinaEn el contexto de este enfoque de análisis, vinculado a los derechos fundamentales en el entorno laboral, se realizará un estudio detallado de la sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Recurso de hecho presentado por la demandante en la causa Cardone, Lorena de los Ángeles c/ Be Enterprises S. A. s/ despido", de fecha 1 de noviembre de 2022. La sentencia analizada presenta un carácter innovador en el campo legal respecto a la interpretación de la Ley n.º 11.544 y su decreto reglamentario 16.115/1993, junto con la Ley n.º 20.744 de Contrato de Trabajo, en un contexto donde la trabajadora, a través de una “distribución desigual de horas laborales” durante su jornada de trabajo, superó el límite diario de 9 horas los días sábados, aunque sin exceder las 48 horas semanales establecidas por dichas normativas. Asimismo, el fallo pone de manifiesto la relevancia de mantener la jornada laboral dentro de límites razonables, ya que esto permite al trabajador disfrutar de su tiempo libre, tener la posibilidad de obtener ingresos adicionales mediante horas extra y reducir el riesgo de sufrir enfermedades ocupacionales o accidentes laborales, entre otros aspectos (Rodríguez, 2019). Asimismo, el fallo en cuestión establece un precedente importante al señalar que la jornada laboral tiene una doble limitación: una diaria de 8 horas (9 horas de acuerdo con la Ley n.º 11.544) y otra semanal de 48 horas, siendo ambos límites independientes y autónomos entre sí. La Corte Suprema se vio en la necesidad de abordar el tema de la procedencia de las horas extraordinarias en situaciones en las que se excede el límite diario, pero sin sobrepasar las 48 horas semanales, lo cual es de gran relevancia para la interpretación en el ámbito del derecho laboral.Item type: Ítem , ¿Cómo se articula el derecho ambiental con el derecho de propiedad privada en el ordenamiento jurídico argentino, y qué criterios utiliza la jurisprudencia constitucional para resolver sus conflictos?(Universidad Siglo 21, 2025) Turcumán, Juan PatricioEn el siguiente modelo de caso, se realizará un análisis sobre la sentencia “Mercau, María del Rosario y otro c/ Municipalidad de Merlo s/ acción contencioso administrativa”, en la cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN, en adelante) dio lugar al recurso de queja sobre el rechazo al recurso extraordinario presentado por la parte actora frente a la Suprema Corte de la Provincia de San Luis, sobre la servidumbre industrial llevada a cabo por la Municipalidad de Villa de Merlo sobre hectáreas de su propiedad, que, al no ser correspondientemente indemnizadas, implican una vulneración sobre su derecho a la propiedad privada, y no una mera cuestión de derecho ambiental colectivo, tal como lo argumenta la demandada. Para entender el siguiente análisis, primero se deben explicar los conceptos centrales del mismo respecto al Derecho Urbanístico Ambiental, y estos son: el derecho a la propiedad privada y el derecho a un medio ambiente sano. El derecho a la propiedad privada tiene fundamento constitucional en nuestra Carta Magna en su art. 14, al establecerse que todos los habitantes de la República Argentina tienen derecho a disponer de ella libremente; y, consecuentemente, en su art. 17, su inviolabilidad y las modalidades para su expropiación. Gelli (2004) nos explica que estos enunciados constitucionales que protegen a los habitantes son los derechos personales clásicos de la democracia liberal que estuvieron en los orígenes de las luchas libertarias del siglo XVIII (p. 150).Item type: Ítem , Precarización laboral en Parques Nacionales(Universidad Siglo 21, 2025) Oliva, JazmínEste estudio analiza la precarización laboral de los brigadistas del Parque Nacional "Los Glaciares", Argentina, en el contexto del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) n.º 70/2023. Mediante un enfoque cualitativo, esta investigación examina la evolución normativa y política que ha configurado el régimen de empleo precario, evalúa la validez constitucional del DNU y analiza su impacto en el derecho al trabajo digno y la estabilidad laboral de estos trabajadores esenciales. Los hallazgos revelan que la restricción de contratos a períodos de tres meses profundiza la inestabilidad laboral estructural, contradice principios laborales fundamentales, incluyendo la primacía de la realidad, la progresividad y la estabilidad laboral, y viola derechos consagrados en la Constitución Nacional de Argentina y tratados internacionales ratificados. El análisis expone, además, el rol contradictorio del Estado como garante de los derechos de los trabajadores y empleador directo que perpetúa su precarización. Este estudio concluye que el régimen de empleo actual, en lugar de atender necesidades administrativas excepcionales, institucionaliza sistemáticamente condiciones de trabajo precarias para trabajadores que desempeñan funciones estatales esenciales. Esta práctica socava la legitimidad estatal y requiere una revisión legislativa urgente para asegurar el respeto a los derechos fundamentales de los brigadistas mientras se alinean las prácticas estatales con las obligaciones constitucionales e internacionales.Item type: Ítem , La importancia de valorar las pruebas con perspectiva de género(Universidad Siglo 21, 2025) Agustina TabordaCuando se habla de perspectiva de género, se hace alusión a una herramienta conceptual que busca mostrar que las diferencias entre mujeres y hombres se dan no solo por su determinación biológica, sino también por las diferencias culturales asignadas a los seres humanos. A raíz de los estereotipos de género existen relaciones asimétricas de poder entre hombres y mujeres que perduran en el tiempo, facilitando la perpetración de la violencia hacia las mujeres. Es dable destacar que la violencia contra la mujer constituye un fenómeno de gravedad que implica una violación a los derechos humanos, considerando que es un problema de índole política, social y de salud pública, que involucra a las mujeres y les impide que logren construir relaciones democráticas en un marco de familia y sociedad. Se consideraba una situación que sucedía solo en el orden privado de la vida, es decir, fuera del ámbito de las relaciones públicas. La Convención de Belem do Pará (1994) la define como: “cualquier acción o conducta que, en base a su género, cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer en el ámbito público o en el privado”.