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Item type:Ítem, El derecho a la salud de los niños y niñas en el marco del uso medicinal del cannabis: análisis del fallo MACAME desde la perspectiva de los DESC y grupos vulnerables(Universidad Siglo 21, 2025-11-10) Fiad, Luciana; Cocca, Nicolás.El presente trabajo analiza el fallo “Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino - P.E.N. s/ amparo Ley 16.986”, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el que se examinó la constitucionalidad del régimen jurídico aplicable al uso medicinal del cannabis y, particularmente, al autocultivo con fines terapéuticos para niños y niñas con patologías graves. El problema jurídico se centró en determinar la compatibilidad entre las restricciones previstas en la Ley 23.737 sobre estupefacientes y los derechos fundamentales reconocidos por la Ley 27.350, especialmente el derecho a la salud, la autonomía personal y el interés superior del niño. El Tribunal evaluó la evolución normativa producida por la reglamentación vigente, la creación del Reprocann y los alcances de las autorizaciones estatales requeridas para el acceso al tratamiento. Asimismo, examinó la tensión existente entre la protección de la salud pública y la necesidad de garantizar tratamientos oportunos para personas en situación de vulnerabilidad. La Corte concluyó que el sistema de autorizaciones no vulnera la autonomía personal cuando persigue finalidades legítimas de control sanitario y seguridad pública, siempre que no se transforme en un obstáculo irrazonable para el acceso a la salud. Se concluye que el fallo constituye un precedente relevante en materia de derechos económicos, sociales y culturales al fortalecer la protección de niños y niñas que requieren tratamientos con cannabis medicinal y reafirmar el deber estatal de garantizar un acceso efectivo, seguro y digno a prestaciones esenciales de salud.Item type:Ítem, El derecho a gozar de un ambiente sano y su caracterización como un derecho de incidencia colectiva(Universidad Siglo 21, 2025-08-12) Fernandez, Fernando RafaelEl presente trabajo analiza el fallo “Establecimientos Agropecuarios Santa Susana S.A. c/ Municipalidad de Campana s/ materia a categorizar. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”, resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. El caso se origina a partir de una ordenanza municipal que restringió la utilización de agroquímicos y plaguicidas en zonas cercanas a núcleos poblacionales con la finalidad de proteger la salud pública y el ambiente. El problema jurídico central consiste en determinar la prevalencia entre el derecho individual a ejercer una industria lícita y el derecho colectivo a gozar de un ambiente sano, consagrado constitucionalmente. El tribunal examinó la naturaleza de los derechos de incidencia colectiva, el rol activo del juez en materia ambiental y la aplicación del principio precautorio ante la ausencia de certeza científica respecto de los efectos de los agroquímicos sobre la salud y el ambiente. En este marco, concluyó que la protección ambiental constituye un interés superior que justifica la adopción de medidas preventivas orientadas a evitar daños potencialmente graves o irreversibles. Asimismo, confirmó la facultad judicial de actuar de oficio para garantizar la tutela efectiva de los bienes colectivos. Se concluye que el fallo reafirma la primacía de la protección ambiental frente a intereses individuales cuando existe riesgo para la salud pública, consolidando el alcance constitucional del derecho a un ambiente sano y fortaleciendo la aplicación del principio precautorio en el derecho argentino.Item type:Ítem, Restricción al Uso de Agrotóxicos en Entre Ríos(Universidad Siglo 21, 2025-08-28) Delsart, Rubén DaríoEl presente trabajo analiza el fallo “Rosso, Ximena c/ Haberkorn, César Gabriel, Roskopf, Sonia, Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y Comuna Colonia Ensayo s/ acción de amparo ambiental”, dictado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. El caso se originó a partir de una acción de amparo ambiental promovida por vecinos que solicitaron el cese de fumigaciones terrestres con agroquímicos en proximidades de zonas habitadas y la declaración de inconstitucionalidad de resoluciones provinciales que habilitaban dichas prácticas a distancias reducidas. El problema jurídico consistió en determinar si la normativa provincial resultaba compatible con los principios constitucionales de prevención y precaución ambiental, así como con el derecho a la salud y a un ambiente sano. El tribunal examinó la legislación nacional y provincial, los principios ambientales consagrados en la Ley General del Ambiente y las garantías reconocidas por la Constitución Nacional. Concluyó que las distancias previstas por la normativa cuestionada eran insuficientes para proteger adecuadamente a la población y al ambiente, por lo que declaró su inconstitucionalidad y ordenó ampliar significativamente las restricciones a las fumigaciones terrestres. El autor sostiene que la decisión constituye una adecuada aplicación del principio precautorio y de la tutela preventiva ambiental, reafirmando la prevalencia de los derechos colectivos vinculados a la salud y al ambiente frente a regulaciones que no aseguran una protección eficaz de dichos bienes jurídicos.Item type:Ítem, La incolumidad de los alimentos como bastión del derecho a una vida digna, el gran desafío(Universidad Siglo 21, 2024-06-30) Cervera, Candelaria; González Goncalves Piazza, Giselle.El presente trabajo analiza el fallo “G., S.M. y otro c/ K., M.E.A. s/ alimentos”, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el marco de la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en contextos inflacionarios. El caso se originó a partir de una controversia vinculada con la fijación de una cuota alimentaria y la posibilidad de establecer mecanismos de actualización monetaria para preservar su valor real. El problema jurídico central consistió en determinar si la prohibición de indexar obligaciones dinerarias prevista en la Ley de Convertibilidad resultaba aplicable a las cuotas alimentarias o si, por el contrario, debía prevalecer el interés superior del niño como principio rector de jerarquía constitucional. La Corte sostuvo que la decisión de eliminar toda pauta de actualización vulneraba la finalidad de la prestación alimentaria, ya que la inflación deteriora progresivamente su capacidad de satisfacer las necesidades del alimentado. Asimismo, enfatizó que los créditos alimentarios poseen una especial protección constitucional y que corresponde adoptar mecanismos eficaces para mantener incólume su contenido económico. El análisis concluye que las obligaciones alimentarias deben ser comprendidas como deudas de valor, cuya preservación resulta indispensable para garantizar una vida digna y la efectiva tutela de los derechos de los sujetos vulnerables. El fallo constituye un precedente relevante al consolidar la primacía del interés superior del niño frente a restricciones normativas que comprometan la protección integral de la infancia.Item type:Ítem, El interés superior del niño y los derechos de sus progenitores: límites y desafíos en el ámbito judicial(Universidad Siglo 21, 2025-11-10) Cándido, Micaela Soledad; Bustos, Carlos Isidro.El presente trabajo analiza el fallo “Recursos de hecho deducidos por M. I., H. I. y P. I. V. M. y por S. A. V. en la causa V., S. A. c/ M., I. I. s/ recurso de queja” (Fallos: 346:1280), dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El caso aborda el conflicto suscitado entre el derecho de una madre a mantener vínculo y comunicación con sus hijas y el derecho de las niñas a ser oídas y a que su voluntad sea considerada en las decisiones judiciales que las afectan. El problema jurídico se centra en determinar si la imposición de un proceso de revinculación materno-filial, rechazada de manera persistente por las menores, resulta compatible con el principio del interés superior del niño y con el derecho de participación reconocido por la normativa nacional e internacional. El Tribunal examinó la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, concluyendo que la opinión de los niños constituye un elemento de especial relevancia cuando poseen la madurez suficiente para expresar su voluntad. Asimismo, consideró que la prolongación de procesos de revinculación ineficaces podía generar consecuencias perjudiciales para su bienestar emocional. Se concluye que la sentencia reafirma la centralidad del interés superior del niño como principio rector del Derecho de Familia y destaca la necesidad de que las decisiones judiciales respeten la autonomía progresiva y la protección integral de niñas, niños y adolescentes.








