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Item type:Ítem, Guarda con fines de adopción: excepciones a la mirada de la Corte Suprema de Justicia sobre el interés superior del niño(Universidad Siglo 21, 2025-07-13) Castell, Julieta; Gulli, BelénLa presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “B., C. y otro s/ control de legalidad - Ley 26.061” (2024), vinculada con la situación de dos hermanos que fueron separados de su madre biológica por hechos de maltrato y posteriormente puestos bajo la guarda provisoria de un matrimonio. El caso se originó cuando los tribunales inferiores declararon la situación de adoptabilidad de los menores y dispusieron avanzar con el proceso de selección de postulantes inscriptos en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, descartando la posibilidad de que los guardadores continuaran a cargo de los niños. El problema jurídico identificado es de relevancia normativa, debido a la tensión existente entre la exigencia formal de inscripción en el registro de adoptantes y el principio del interés superior del niño, reconocido por la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el Código Civil y Comercial de la Nación. Entre los fundamentos principales, la Corte destacó la necesidad de valorar las circunstancias actuales del caso, la consolidación de vínculos socioafectivos entre los niños y los guardadores, la opinión de los menores y las consecuencias negativas que podría ocasionar una desvinculación abrupta. Asimismo, cuestionó la utilización de informes desactualizados y la ausencia de una adecuada escucha de los niños. Como conclusión, la autora sostiene que el fallo reafirma la centralidad del interés superior del niño frente a interpretaciones excesivamente formalistas, privilegiando la protección efectiva de sus derechos y su estabilidad emocional.Item type:Ítem, Del dicho al no dicho: la retractación en el ciclo de la violencia y su impacto judicial(Universidad Siglo 21, 2025-06-29) Arguilar, Christian Emerson Emanuel; Pereda, GonzaloLa presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Recurso de hecho deducido por la Procuradora Adjunta del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos en la causa Miño, Manuel Alejandro s/ lesiones graves en grado de tentativa” (2024), vinculada con un episodio de violencia de género en el que una mujer denunció que su pareja intentó prenderla fuego rociándola con combustible. El caso se originó cuando, tras formular la denuncia inicial y describir detalladamente la agresión sufrida, la víctima modificó posteriormente su versión durante el juicio oral, atribuyéndose a sí misma la conducta investigada. El problema jurídico identificado es de naturaleza probatoria, debido a la controversia respecto del valor que debía otorgarse a la retractación de la víctima frente al conjunto de pruebas reunidas y a la existencia de antecedentes de violencia familiar. Entre los fundamentos principales, la Corte sostuvo que el tribunal provincial incurrió en arbitrariedad al valorar de forma aislada la retractación y omitir el análisis integral de informes médicos, psicológicos, denuncias previas y demás elementos probatorios. Asimismo, destacó la obligación de juzgar con perspectiva de género conforme a la Ley 26.485 y a los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino, reconociendo que las retractaciones pueden constituir una manifestación de las dinámicas propias de la violencia de género. Como conclusión, el autor sostiene que el fallo constituye un precedente relevante al reafirmar la necesidad de aplicar el principio de amplitud probatoria y valorar contextualmente la prueba en casos que involucran mujeres en situación de vulnerabilidad.Item type:Ítem, Copilot said: Interrupción de cobertura de salud y su protección judicial.(Universidad Siglo 21, 2024-11-19) Arena, Francisco Vicente; Abraham, Susana Paola.La presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la causa “S., A. S. y otro/a contra Agencia Nacional de Discapacidad y otro/a. Amparo. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”, vinculada con la interrupción de prestaciones de salud destinadas a un niño con síndrome de Down. El problema jurídico central se configura a partir de la tensión entre la aplicación de disposiciones administrativas que regulan la cobertura de prestaciones de salud para personas con discapacidad y la protección efectiva de derechos fundamentales, especialmente el derecho a la salud, la dignidad humana y la vida. El Tribunal examinó la suspensión e irregularidad en la cobertura brindada por el Programa Federal Incluir Salud y consideró que dicha situación comprometía gravemente derechos constitucionales y convencionales del beneficiario. Entre los fundamentos principales, destacó que el amparo constituye una vía idónea para garantizar la tutela judicial efectiva cuando se encuentran comprometidos derechos fundamentales de personas en condición de vulnerabilidad. Asimismo, sostuvo que el Estado posee una obligación inmediata e ineludible de asegurar la continuidad de las prestaciones necesarias para las personas con discapacidad, sin que obstáculos administrativos o presupuestarios puedan justificar su interrupción. Se concluye que la decisión representa un precedente relevante en materia de protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, al reafirmar la prevalencia del derecho a la salud y la obligación estatal de garantizar prestaciones integrales y continuas para los grupos más vulnerables.Item type:Ítem, El amparo ambiental y la tutela del interés colectivo(Universidad Siglo 21, 2025-11-12) Alanda, Victoria; Caramazza, María Lorena.La presente nota a fallo analiza la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “La Pampa, Provincia de c/ San Juan, Provincia de y otro (Estado Nacional) s/ amparo ambiental”, vinculada con la construcción de la represa “El Tambolar” sobre el río San Juan y sus posibles consecuencias sobre una cuenca hídrica de carácter interjurisdiccional. El problema jurídico examinado se relaciona con la acreditación de la existencia de un caso justiciable en materia ambiental y con los requisitos necesarios para habilitar la intervención judicial frente a una presunta afectación de derechos de incidencia colectiva. El Tribunal evaluó la pretensión de la Provincia de La Pampa, que solicitó la adopción de medidas destinadas a garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental y la realización de estudios de impacto sobre la totalidad de la cuenca afectada. Entre los fundamentos centrales, la Corte destacó la necesidad de verificar la existencia de una lesión actual o una amenaza cierta e inminente para justificar su intervención jurisdiccional. Asimismo, reafirmó la importancia de interpretar los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional conforme a los principios del federalismo concertado y de la protección ambiental, reconociendo que la gestión de los recursos naturales involucra la coordinación entre las distintas jurisdicciones. Se concluye que el fallo constituye un precedente relevante en materia de tutela ambiental colectiva, al delimitar el alcance del control judicial y resaltar la necesidad de equilibrar la protección del ambiente con las competencias propias de los poderes políticos y de las provincias involucradas.Item type:Ítem, “DESCA - Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales”(Universidad Siglo 21, 2025-06-19) Aimetta, Gerardo Ariel; González, Carlos Gabriel.La presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Cosani, Carmen Esther c/ Provincia de Santa Fe s/ amparo”, vinculada con la constitucionalidad de una normativa provincial que impedía a una docente participar en concursos para cargos públicos por haber alcanzado la edad jubilatoria. El problema jurídico examinado radica en determinar si la restricción etaria establecida por el Decreto Provincial 3029/12 resultaba compatible con los principios de igualdad, no discriminación e idoneidad consagrados en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos. El Tribunal concluyó que la medida cuestionada constituía una discriminación basada en la edad y el género, al excluir arbitrariamente a personas aptas para desempeñar funciones docentes. Entre los fundamentos centrales, la Corte destacó la protección otorgada por la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la prohibición de discriminación contenida en la Constitución Nacional y la necesidad de garantizar el acceso a los cargos públicos sobre la base de la idoneidad. Asimismo, afirmó que el derecho al trabajo y a la enseñanza no pueden ser restringidos mediante criterios irrazonables sustentados únicamente en la edad. Se concluye que el fallo constituye un precedente relevante en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, al reforzar la obligación estatal de remover barreras normativas que afectan la igualdad de oportunidades y el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales.








