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El Repositorio Institucional es parte de nuestro Centro de Recursos para Aprendizaje e Investigación que tiene como fin el almacenamiento, preservación y acceso a la producción de conocimiento generada por Universidad Siglo 21.

Últimos documentos

  • Item type: Ítem ,
    Open Lab y Ciencia 21: la investigación se abre al encuentro en Semana 21
    (Universidad Siglo 21, 2026-09-15) Divulgación Científica
  • Item type: Ítem ,
    Salud mental: aprender a escuchar también requiere entrenamiento
    (Universidad Siglo 21, 2026-09-15) Ampoli, Nicolás
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    La interpretación de la Ley 26.578 y su alcance en incapacidades en y por actos de servicio: caso Breard
    (Universidad Siglo 21, 2024-11-17) Wouilloz, Enzo; Cocca, Nicolás
    La presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Breard, Juan Carlos c/ Prefectura Naval Argentina s/ reclamos varios” (2022), vinculada con la aplicación de los beneficios previstos por la Ley 26.578 para el personal de las fuerzas de seguridad que adquiere una incapacidad durante el servicio. El caso se originó cuando Juan Carlos Breard, suboficial retirado de la Prefectura Naval Argentina, reclamó el reconocimiento de los beneficios legales correspondientes tras haber sido declarado incapacitado por una enfermedad considerada producida en acto de servicio. El problema jurídico identificado es de naturaleza lingüística, debido a la controversia sobre la interpretación de las expresiones “en acto de servicio” y “en y por acto de servicio” utilizadas por la normativa para determinar el acceso a los beneficios previsionales especiales. Entre los fundamentos principales, la Corte sostuvo que la Ley 26.578 no exige una distinción restrictiva entre ambos supuestos y que la voluntad legislativa fue ampliar la protección a los integrantes de las fuerzas de seguridad afectados por incapacidades adquiridas durante el cumplimiento de sus funciones. Asimismo, reafirmó criterios jurisprudenciales previos orientados a garantizar un tratamiento equitativo y protectorio para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad por razones de salud. Como conclusión, el autor sostiene que el fallo constituye un precedente relevante al consolidar una interpretación amplia de la normativa previsional, fortaleciendo la protección de los derechos del personal de las fuerzas de seguridad y reafirmando el deber estatal de garantizar condiciones justas y adecuadas para quienes han servido a la Nación.
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    El amparo como herramienta efectiva para resguardar el derecho a la educación y a la salud de una niña en condición de vulnerabilidad
    (Universidad Siglo 21, 2024-11-17) Toconas Bejarano, Delfina AlejandraLa presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte de Justicia de la Provincia de Salta en la causa “R., P. L. en representación de su hija menor P. R., I. N. c. Instituto Provincial de Salud de Salta s/ Amparo - Recurso de apelación” (2023), vinculada con la cobertura integral de prestaciones médicas, terapéuticas y educativas requeridas por una niña con discapacidad. El caso se originó cuando la representante legal de la menor promovió una acción de amparo contra el Instituto Provincial de Salud de Salta con el objeto de obtener la cobertura total de tratamientos, terapias, transporte y escolaridad recomendados por los profesionales tratantes. El problema jurídico identificado es de naturaleza probatoria, debido a la necesidad de determinar si los elementos incorporados al proceso acreditaban la procedencia de las prestaciones reclamadas y la vulneración del derecho a la salud de la niña. Entre los fundamentos principales, el tribunal destacó la especial protección reconocida a las personas con discapacidad, la prevalencia del interés superior del niño, el derecho a la salud y a la educación consagrados por la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley 24.901. Asimismo, valoró integralmente los informes médicos y educativos producidos en la causa, concluyendo que las prestaciones solicitadas eran indispensables para garantizar una mejor calidad de vida e inclusión social de la menor. Como conclusión, la autora sostiene que el fallo constituye un precedente relevante al reafirmar la tutela judicial efectiva de los derechos de niños con discapacidad, garantizando el acceso pleno e igualitario a prestaciones esenciales para su desarrollo integral.; Cocca, Nicolás
    La presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte de Justicia de la Provincia de Salta en la causa “R., P. L. en representación de su hija menor P. R., I. N. c. Instituto Provincial de Salud de Salta s/ Amparo - Recurso de apelación” (2023), vinculada con la cobertura integral de prestaciones médicas, terapéuticas y educativas requeridas por una niña con discapacidad. El caso se originó cuando la representante legal de la menor promovió una acción de amparo contra el Instituto Provincial de Salud de Salta con el objeto de obtener la cobertura total de tratamientos, terapias, transporte y escolaridad recomendados por los profesionales tratantes. El problema jurídico identificado es de naturaleza probatoria, debido a la necesidad de determinar si los elementos incorporados al proceso acreditaban la procedencia de las prestaciones reclamadas y la vulneración del derecho a la salud de la niña. Entre los fundamentos principales, el tribunal destacó la especial protección reconocida a las personas con discapacidad, la prevalencia del interés superior del niño, el derecho a la salud y a la educación consagrados por la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley 24.901. Asimismo, valoró integralmente los informes médicos y educativos producidos en la causa, concluyendo que las prestaciones solicitadas eran indispensables para garantizar una mejor calidad de vida e inclusión social de la menor. Como conclusión, la autora sostiene que el fallo constituye un precedente relevante al reafirmar la tutela judicial efectiva de los derechos de niños con discapacidad, garantizando el acceso pleno e igualitario a prestaciones esenciales para su desarrollo integral.
  • Item type: Ítem ,
    El camino judicial del migrante: la búsqueda de la justicia por observar un debido proceso para todo aquel que pise suelo argentino
    (Universidad Siglo 21, 2025-05-27) Rode, Luciano Nicolás; Cocca, Nicolás.
    La presente nota a fallo analiza la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Zuluaga Celemín, Claudia Lucía c/ Dirección Nacional de Migraciones s/ recurso directo a juzgado” (2022), vinculada con las garantías procesales de las personas migrantes sometidas a procedimientos de expulsión. El caso se originó cuando la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular la permanencia de una ciudadana colombiana condenada penalmente, dispuso su expulsión y prohibió su reingreso permanente al país. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata anuló posteriormente el acto administrativo por considerar vulnerado su derecho de defensa al no haber recibido asistencia jurídica en la etapa inicial del procedimiento. El problema jurídico identificado es de naturaleza axiológica y lingüística, debido a la tensión entre la facultad estatal de controlar la permanencia de extranjeros en el territorio nacional y la garantía constitucional del debido proceso, así como a la interpretación del artículo 86 de la Ley 25.871 respecto de la obligación de informar y proveer asistencia jurídica gratuita. Entre los fundamentos principales, la Corte sostuvo que la norma reconoce el derecho a la asistencia letrada gratuita, pero no impone expresamente a la administración el deber de notificarlo de oficio ni de requerir la intervención automática de la defensa pública. Además, consideró que no se acreditó una afectación concreta al derecho de defensa, dado que la actora contó con patrocinio letrado en las etapas recursivas posteriores. Como conclusión, el autor sostiene que el fallo reafirma la potestad estatal en materia migratoria, aunque plantea interrogantes sobre el alcance efectivo de las garantías procesales reconocidas a las personas migrantes en situación de vulnerabilidad.