Abogacía
URI permanente para esta colecciónhttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/12768
Si creés que la Justicia no es una noción abstracta, sino una construcción diaria que impacta en la vida de todas las personas y de tu comunidad, el Derecho es tu camino. Desde los principios teóricos de los estudios legales hasta el ejercicio diario de la resolución de conflictos, esta carrera te permitirá trabajar e incidir en diferentes ámbitos de tu realidad. A través de la Abogacía, podrás desarrollar una carrera para gestionar y solucionar problemáticas jurídicas de nuestro país, región y el resto del mundo, colaborando para una sociedad más equitativa y pacífica.
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Examinando Abogacía por Materia "Abuso Sexual"
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Ítem Amplitud Probatoria En Casos De Abuso Sexual Aplicando Perspectiva De Género(2023-07) Medina, Antonella Del Valle; Descalzo, VanesaLa perspectiva de género es un instrumento que evidencia como mujeres conviven a diario con situaciones de desigualdad y violencia debido a los roles que ocupan en la sociedad, esto nos permite visibilizar la vulneración de los derechos de las niñas y mujeres en la actualidad. El fundamento de la perspectiva de género en el ámbito del derecho implica reconocer y erradicar toda desigualdad, marginalidad y violencia contra las mujeres por su condición de tal, la violencia se da en muchos ámbitos, en el hogar, en lugares de trabajo, en relaciones personales y es a través de este mecanismo que se puede cuestionar las asimetrías de poder, es de vital importancia comprender que su aplicación ayuda a promover una sociedad más justa. (Material recuperado de Canvas, Siglo 21)Ítem Cuando el estado revictimiza: el problema jurídico de prueba en el Caso Rivero.(2022-12) Sardo, Javier Enrique; Lozano Bosch, MirnaEn los últimos años distintos actores sociales vienen pugnando por prevenir y erradicar la violencia contra la mujer, en cualquiera de sus manifestaciones, acompañando estas iniciativas con acciones concretas, jurídicamente hablando, mediante convenciones internacionales y legislación nacional. Sin embargo, siguen existiendo conductas muy arraigadas en algunos estamentos que se resisten a efectuar ese cambio de mirada sobre la problemática planteada. Como prueba de ello, en el fallo sometido a análisis “RIVERO, Alberto y otro s/abuso sexual – art. 119 3° párrafo y violación según párrafo 4to. art. 119 inc. e”, el tribunal cimero debió intervenir ante la errónea interpretación y aplicación por parte de las instancias inferiores, de principios convencionales receptados por nuestra Carta Magna y leyes internas ante estos casos, lo que evidenció un problema jurídico de prueba en cuanto a la valoración del testimonio único y el informe sicológico de la víctima, resultando una sentencia absolutoria del imputado, confirmada en la instancia casatoria .Ítem La declaración de la víctima (testigo único), indicios y presunciones legales en casos de delitos sexuales en contextos de violencia de género(2023-03) Ballon, Carlos Fernando; Díaz Pucheta, SofíaEn la presente nota a fallo se analizarán los autos caratulados: “O., D. N. por abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa en perjuicio de M.F.P. – recurso de inconstitucionalidad penal” (en adelante, “O., D. N.”), correspondiente a la Corte de Justicia de la Provincia de Salta (en adelante, CJ de Salta), pronunciado el día 22 de abril del año 2020. En efecto, dicho tribunal se encuentra con un dilema, puesto que debe resolver qué valor y funcionamiento tienen determinados medios de prueba en el proceso penal, particularmente la declaración de la víctima (testigo único), indicios y presunciones legales en casos de delitos sexuales en contextos de violencia de género. En la sentencia se advierten los “problemas de prueba”, que son aquellos en los cuales existe una indeterminación en la valoración de cierta “prueba” (o información), situación que afecta la premisa fáctica del silogismo (Alchourron y Bulygin, 2012).Ítem La declaración de la víctima como elemento probatorio relevante en casos de abuso sexual infantil(2022-08) Valdez, Lidia Marisol Paula; Cocca, NicolásPara la presente nota a fallo se ha elegido la sentencia “S, J M s/ abuso sexual - art. 119 3° párrafo-" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), la cual tiene fecha 4 de junio de 2020. El fallo en cuestión versa sobre un delito de abuso sexual agravado por el acceso carnal hacia una menor de edad, donde los tribunales inferiores no han tomado la declaración de la víctima en cámara Gésell ni valorado las pruebas con perspectiva de género. Los casos vinculados con menores y, en particular, cuando se trata de niñas deben ser abordados con celeridad y concretar una respuesta jurídica rápida; es una necesidad actual, en este sentido, este trabajo cuenta con relevancia, tanto jurídica como social. Las nuevas legislaciones sobre género hacen que este tipo de casos debieran tener preeminencia, toda vez que se abordan desde una perspectiva de género, es decir teniendo en miras la vulnerabilidad en la que se encuentran, sobre todo, en lo que atañe a ataques a su integridad sexual. En este fallo se ve plasmado que no fue tomada la declaración de la menor como prueba fehaciente, siendo la misma relativizada y descartada. Considero pertinente y apropiado que el hecho haya llegado a la máxima instancia, CSJN, por no respetar las garantías constitucionales de la defensa en juicio y debido proceso.Ítem El derecho del niño con perspectiva de género(2022-11) Aguirre, Karina Antonia; Pereda, GonzaloEl abuso sexual constituye un problema que día a día se acrecienta en el mundo, máxime cuando se perpetra contra niños, niñas y adolescentes dado que la mayoría no son detectados o denunciados por el temor a sufrir alguna consecuencia o la posible vergüenza que genera en la victima al tener que revivir la situación. Por lo tanto, es sumamente importante en el proceso judicial escuchar al niño, niña y adolescente ya que es la única evidencia posible del delito cometido en su contra.Ítem Estándares probatorios: Un paso hacia la eliminación de estereotipos de género en el análisis testimonial(2022-12) Muñoz, Ayelén; Vittar, RominaEn los últimos años, debido a la trascendencia de diferentes casos donde se vieron afectados los derechos de las mujeres, se ha instalado la discusión respecto a la manera enfrentar estas problemáticas. La eliminación de la violencia de género es un tema urgente en la agenda política. Sin lugar a dudas, la visibilización de la misma en sus diversas formas ha generado debates y un re planteo en la manera de abordarla. Esto ha disparado cambios de orden jurídico, no solo con la incorporación de leyes, sino en la exigencia de romper con aquellos paradigmas que dominaban en las sentencias y decisiones judiciales, y terminaban vulnerando los derechos de las víctimas.Ítem Las mujeres víctimas de violencia de género: determinación de la norma aplicable al caso(2022-03) González, Cintia Marisol; Gulli, María BelénEn la presente nota a fallo analizaremos la violencia contra las mujeres con la finalidad de sistematizar los estándares nacionales e internacionales sobre violencia sexual. Jorge Buompadre (2021) define al abuso sexual como una agresión sexual violenta, distinta al acceso carnal, que es ejecutada sobre una persona contra su propio querer consciente. De tal definición, se pueden determinar los elementos que caracterizan los abusos sexuales: 1) una conducta abusiva de contenido sexual; 2) contacto corporal directo entre el agresor y la víctima; 3) que este contacto corporal afecte las partes sexuales del cuerpo de la víctima; no es suficiente la simple implicación del cuerpo del sujeto pasivo en una acción de contenido sexual, sino que debe mediar un contacto físico, y 4) ausencia de consentimiento en la víctima respecto del acto sexual en que se ve involucrada por la conducta del autor. Asimismo, sobre la materia, el poder legislativo sancionó diversas normativas a fin de garantizar el derecho de las mujeres ante dichos delitos mencionados precedentemente, entre ellas, destacamos las siguientes; ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, la Convención sobre los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, entre otras.Ítem Perspectiva de género en sentencia condenatoria de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura(2022-03) Hamdouch, Nahuel; Descalzo, VanesaEs mucha la luz que, a casi 40 años de su finalización, debemos seguir echando sobre la multiplicidad de conductas delictivas cometidas por la última dictadura que sufrió la Argentina. El presente trabajo se propone analizar la innovación jurisprudencial que implica entender los crímenes contra la libertad sexual como delitos de lesa humanidad cuando se desarrollan en el marco de un ataque generalizado y sistemático contra un sector de la población civil. La violencia sexual es una de las principales formas que asume la violencia política cuando es dirigida contra feminidades y disidencias sexo-genéricas. Además de sufrir las mismas torturas y tormentos que los detenidos varones, las mujeres víctimas de estos ataques se ven expuestas a la particular vulneración de sus cuerpos que se les reserva en razón de su género: la expropiación de la libertad sexual como forma de disciplinamiento social.Ítem El rol del juez en la valoración de la prueba(2022-09) Rocca, Julieta; Descalzo, VanesaEn la presente nota a fallo se analizará la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de autos “Pérez, Yesica Vanesa s/ Homicidio Simple” (CSJN, 3073/2015/RH1, 2020), con fecha 10 de diciembre del 2020, en el cual una niña es víctima de abuso sexual. La importancia de analizar este fallo se da debido a que en el transcurso del litigio la niña fue juzgada por su edad, género y sobre todo por estereotipos, apartándose de la legislación vigente en materia de perspectiva de género, como también el derecho que poseen los niños, niñas y adolescentes a que se proteja su intimidad, vida, honor e imagen, generándose así una re-victimización.Ítem ¿Una sentencia que perpetúa la violencia contra mujeres y niñas?(2023-04) Martínez, Rosalía Belén; Vittar, RominaIncorporar la perspectiva de género en la actividad judicial, por fuerza, nos lleva, en primer lugar, a conceptualizar el término género, entendiéndolo como el conjunto de rasgos identificativos del comportamiento sociocultural de hombres y mujeres, y las formas en que estos se interrelacionan. (Medina G. y Yuba G., 2021). A partir de esta conceptualización, y habiéndose tomado contacto con diferentes fallos judiciales previo a esta elaboración, se puede afirmar que la tarea de los operadores judiciales no está totalmente desprovista de estereotipos de género en arreglo a los roles sociales de histórica desigualdad entre mujeres y hombres. Por lo que, fallar con perspectiva de género es una tarea que requiere de una sensibilidad ética construida a partir de reconocer la existencia de esas condiciones desiguales para luego poder emitir pronunciamientos justos, atendiendo así al paradigma de la igualdad de género.Ítem El valor probatorio de la testimonial en los delitos de abuso sexual de menores(2023-04) Nacif, María Cecilia; Descalzo, VanesaEl abuso sexual es un delito que se ha acrecentado en el mundo, sobre todo el perpetuado en niños, niñas y adolescentes, es importante destacar que en la mayoría de estos casos los mismos no suelen ser denunciados debido al contexto en el cual se efectúa, que por lo general es lejos de la mirada de testigos, sumado a la posibilidad que existe de la victima de revivir una situación angustiante. Frente a dichos ilícitos es importante que la justicia tome en cuenta el testimonio del único testigo del hecho otorgando el derecho de ser oído a quien es víctima de este. (UNICEF 2017)Ítem La valoración de la prueba desde la perspectiva de género según la corte suprema: un análisis del fallo “Rivero”(2023-03) Sierra, Carolina; Baena, César D.El fallo seleccionado y sujeto a análisis es el Recurso Extraordinario deducido por EMGD en la causa Rivero Alberto y otros s/ abuso sexual - art- 119 3° párrafo y violación según párrafo 4° art. 119 inc. e) con fecha 3/03/2022, dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. FRE/8033/2015/TO1/6/RH1. La importancia del fallo puede ser analizada desde un aspecto sociológico, el cual servirá como una mirada introspectiva sobre los hechos sociales entendidos según Durkheim (1895) como “modos de actuar, de pensar y de sentir, exteriores al individuo” (p.41). Los estereotipos de género aún arraigados en los individuos siguen vigentes y se manifiestan afectando el funcionamiento de los sistemas judiciales y agentes estatales de las diversas esferas. Esto se evidencia en que, a la hora de dictar sentencia, los juzgadores mantienen su propio universo cultural.Ítem La valoración del testimonio recogido en Cámara Gesell como prueba anticipada(2022-03) Daneri, Ricardo Javier; Bustos, Carlos IsidroFallo: “P J. D. s/ abuso sexual simple agravado por el vínculo y abuso sexual doblemente agravado por acceso carnal y por el vínculo-Recurso de inconstitucionalidad”. Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe. Fecha: 03 de junio del 2020Ítem La violencia contra las mujeres en la justicia penal y la aplicación de la perspectiva de género(2023-02) Tapia, Leticia Mariela; Stelzer, HernánEl propósito principal de este trabajo es analizar una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN, en adelante) caratulada "Sanelli, Juan Marcelo s/ abuso sexual -art. 119, 3° párrafo", la misma fue dictada el día 4 de junio del 2020 en la Ciudad de Buenos Aires. Durante el transcurso de la causa se presenta la parte acusadora- compuesta en este caso por la querella particular de la agraviada y la Defensora General- quienes accionan contra el imputado, en este caso el Sr. Juan Marcelo Sanelli, acusándolo del delito de abuso sexual agravado por el acceso carnal. Entre los hechos denunciados, se expresa que el Sr. Sanelli habría abusado de la hija de su pareja de diez años de edad, aprovechando la situación de convivencia con ésta.