Cuando el estado revictimiza: el problema jurídico de prueba en el Caso Rivero.

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En los últimos años distintos actores sociales vienen pugnando por prevenir y erradicar la violencia contra la mujer, en cualquiera de sus manifestaciones, acompañando estas iniciativas con acciones concretas, jurídicamente hablando, mediante convenciones internacionales y legislación nacional. Sin embargo, siguen existiendo conductas muy arraigadas en algunos estamentos que se resisten a efectuar ese cambio de mirada sobre la problemática planteada. Como prueba de ello, en el fallo sometido a análisis “RIVERO, Alberto y otro s/abuso sexual – art. 119 3° párrafo y violación según párrafo 4to. art. 119 inc. e”, el tribunal cimero debió intervenir ante la errónea interpretación y aplicación por parte de las instancias inferiores, de principios convencionales receptados por nuestra Carta Magna y leyes internas ante estos casos, lo que evidenció un problema jurídico de prueba en cuanto a la valoración del testimonio único y el informe sicológico de la víctima, resultando una sentencia absolutoria del imputado, confirmada en la instancia casatoria .
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Palabras clave

Cuestiones de Género, Nota a Fallo, Abuso Sexual

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