¿Una sentencia que perpetúa la violencia contra mujeres y niñas?

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2023-04

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Resumen

Incorporar la perspectiva de género en la actividad judicial, por fuerza, nos lleva, en primer lugar, a conceptualizar el término género, entendiéndolo como el conjunto de rasgos identificativos del comportamiento sociocultural de hombres y mujeres, y las formas en que estos se interrelacionan. (Medina G. y Yuba G., 2021). A partir de esta conceptualización, y habiéndose tomado contacto con diferentes fallos judiciales previo a esta elaboración, se puede afirmar que la tarea de los operadores judiciales no está totalmente desprovista de estereotipos de género en arreglo a los roles sociales de histórica desigualdad entre mujeres y hombres. Por lo que, fallar con perspectiva de género es una tarea que requiere de una sensibilidad ética construida a partir de reconocer la existencia de esas condiciones desiguales para luego poder emitir pronunciamientos justos, atendiendo así al paradigma de la igualdad de género.
DESTACADO

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Palabras clave

Perpétua, Abuso Sexual, Cuestiones de Género

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