Abogacía
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Si creés que la Justicia no es una noción abstracta, sino una construcción diaria que impacta en la vida de todas las personas y de tu comunidad, el Derecho es tu camino. Desde los principios teóricos de los estudios legales hasta el ejercicio diario de la resolución de conflictos, esta carrera te permitirá trabajar e incidir en diferentes ámbitos de tu realidad. A través de la Abogacía, podrás desarrollar una carrera para gestionar y solucionar problemáticas jurídicas de nuestro país, región y el resto del mundo, colaborando para una sociedad más equitativa y pacífica.
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Examinando Abogacía por Materia "Abuso sexual"
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Ítem La ambigüedad del abuso sexual en la era digital(2022-04) Monte, Elías Tomás; Baena, César DanielEn la presente nota realizaremos el análisis del fallo numero doscientos tres de fecha 28 del mes de julio del año 2020, en la ciudad de Córdoba. se constituyó en audiencia pública la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, presidida por la señora Vocal doctora Aída Tarditti, con la asistencia de los señores Vocales doctores María Marta Cáceres de Bollati y Luis Enrique Rubio, a los fines de dictar sentencia en los autos “C.,F.D p.s.a. producción de imágenes pornográficas de menores de 18 años, etc.-Recurso de Casación-” (SAC XXX), con motivo del recurso de casación interpuesto en forma in pauperis por el imputado F.D.C, con el fundamento técnico del abogado defensor D.V. en contra de la Sentencia número cincuenta y cuatro dictada el dos de octubre de dos mil dieciocho, por la Cámara en lo Criminal y Correccional de Octava Nominación de esta ciudad.Ítem Dilema: La valoración de la prueba en los delitos de abuso sexual(2021-10) Dowzyk, Carlos Adrián; Vittar, RominaEl fallo seleccionado emanado de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en autos “J., I.J. s/ delitos contra la integridad sexual víctima menor de 16 años (estupro) abuso sexual…- Recurso J., I. J. s/ Apelación Sentencia Condena prisión efectiva (CUIJ- 21-06249720-0) s/Recurso de Inconstitucionalidad (Queja admitida)- (CUIJ- 21-511629-2)”, visualiza el dilema al que se enfrenta el Juzgador al momento de evaluar el plexo probatorio reunido en los delitos contra la integridad sexual, que consagra el Código Penal, en su art. 119 ss. y cc.1 , especialmente cuando afectan a menores y adolescentes que por su edad e inmadurez se encuentran en un palmario estado de vulnerabilidad (conforme lo define las Reglas de Brasilia- nro. 3).Ítem Género y pandemia: los nuevos desafíos del derecho(2022-04) Ceballos, Mariana; Caramazza, María LorenaEl fallo del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (2020) “V. W. O. A. S/ ABUSO SEXUAL” Acuerdo N° 2 de la Sala Penal II, integrada por la Dra. M. Soledad Gennari y el Dr. A. Elosú Larumbe, dictado el 08/05/2020; ofrece la posibilidad de analizar en un caso concreto, cómo la realidad inmediata convoca al mundo jurídico; y de qué manera la perspectiva de género resulta una metodología de apoyo en la tarea de impartir justicia, ofreciendo una guía jurídica sistematizada para el análisis del caso, y sentando bases jurisprudenciales como fuente del derecho penal. En el fallo se discute la admisibilidad del recurso impugnativo extraordinario interpuesto por la Fiscalía, solicitando que se anule la sentencia del Tribunal de Impugnación, que concede el beneficio de prisión domiciliaria a un condenado por abuso sexual agravado mientras dure el aislamiento social obligatorio, por estar entre la población con riesgo alto de contagio de COVID-19 a causa de una enfermedad preexistente (EPOC). Entre los planteos, el Ministerio Público Fiscal refiere que la sentencia recurrida es arbitraria, carece de sustento normativo, fáctico, y no contempla los compromisos internacionales de investigar y sancionar mediante procesos judiciales efectivos los Derechos Humanos de las mujeres.Ítem Hacia una efectiva aplicación de un razonamiento jurídico con perspectiva de género(2021-11) Sotelo, Gloria Viviana; Cocca, NicolásNota a fallo : “R.F.A. S/Abuso sexual simple”, Expte. Nº 699-2019. Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Tomo VI-Folio 1057/1078 de fecha 14/10/2020. El fallo bajo estudio resulta de gran valor, por cuanto representa una interpretación con una mirada más amplia tendiente al equilibrio, con base a los estándares más rigurosos en perspectiva de género a favor de la presunta víctima y garantías constitucionales que le asisten al imputado.Ítem La importancia de la amplitud probatoria en las cuestiones de género(2022-04) De lulus, Andrea Karina; Gulli, María BelénNota a fallo con autos caratulados: “C/C D., J. C. POR ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN PERJUICIO DE M. M. (M) – G., M. (DEN) – RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD” (CJS, 38.340/16, 2018) se está en presencia de un abuso sexual agravado por ser con acceso carnal, que se comete en perjuicio de una adolescente de 15 años de edad, en donde el “a quo” determina que el imputado es inocente porque la víctima no se defendió y por ende el acto sexual fue consentido, sin tener en cuenta ni valorar las pruebas ofrecidas por la propia víctima; mientras que, la Corte de Justicia de Salta, en adelante (CJS), por su parte, se aferra a la carga probatoria aportada por la misma. El análisis realizado por la CJS adquiere suma importancia al advertir que la sentencia absolutoria a favor del imputado fue arbitraria y desconoció lo dispuesto por el art. 16 inc. i) de la Ley 26.485, en el que se dispone una tutela hacia la mujer para que se le garantice en cualquier procedimiento judicial o administrativo, la posibilidad de ampliar su prueba para poder demostrar los hechos denunciados.Ítem Juzgar con perspectiva de género: La trascendencia de normas internacionales(2022-04) Fernández, Eliana Lucrecia; Bustos, Carlos IsidroCuando un Tribunal de justicia construye una decisión a partir de los elementos convincentes que le permitieron llegar a tal conclusión, se puede pensar que esa decisión fue la correcta. No obstante puede suceder que en realidad el punto que pone fin a la controversia, pudo darse de otra manera. En esta nota a fallo sobre los autos caratulados Fariña Acosta, Jorge Darío s/ abuso sexual, art. 119 primer párrafo1 del Código Penal Argentino, de fecha 11 de octubre de 2.016, se analizará si esa decisión correcta fue justa, es decir, si se ha ajustado a derecho. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante CSJN) puso de manifiesto el actuar de algunos justiciables que componen los tribunales inferiores. Es decir, desde que la jurisdicción tuvo conocimiento del pleito denunciado por una mujer menor de edad con retraso mental, ante el posible delito de abuso sexual, quedó sujeta a exigencias especiales que están en los enmarcados contenidos de la norma jurídica, por tener vinculación con la cuestión de género, dado que la causa involucra a una mujer como víctima. Estas actuaciones que exige la ley, legislación que se crea a partir de la urgente necesidad de regular los cambios que se van dando en la sociedad, se desprende del derecho interno y del derecho internacional en virtud de alcanzar la debida diligencia de la justicia. De modo que, los ministros que integran la cima de la justicia han observado los hechos fácticos para subsumirlo a la norma, y ante la confluencia de las distintas garantías del debido proceso obedecen a estos saberes, se encuentran con un problema de relevancia y priman la aplicación de la jerarquía normativa, replicando lo que la norma regula. Por lo tanto el máximo Tribunal determinó que el desarrollo de la investigación en donde existió una posible violencia hacia la mujer, debió llevarse a cabo con especial profundización, en garantías del debido proceso y la defensa en juicio, en consecuencia llegar a la verdad de los hechos.Ítem “M., D. y otro s/ infracción art. 145 bis – conforme Ley 26.842 Cámara Federal De Casación Penal - Sala 4(2023-12) Pereyra, Elias Nahuel; Quintanilla, María AlejandraEste trabajo aborda la ponderación del material probatorio en casos de derechos de víctimas de abuso sexual, enfocándose en la doble vulnerabilidad de mujeres y niñas. Se destaca el problema jurídico relacionado con las dificultades probatorias cuando hay contradicciones en el relato de la víctima. El análisis se centra en una reciente sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, donde se revisó un caso de abuso sexual infantil. El caso involucra una denuncia realizada por una menor de edad, que relata abusos y explotación sexual por parte de su progenitora y otro individuo. Aunque no se comprobó el abuso con acceso carnal, el tribunal inicial aplicó el principio in dubio pro reo. La relevancia del fallo radica en cómo deben juzgarse los delitos sexuales cuando hay menores involucrados, considerando la amplitud probatoria, la valoración de la prueba con perspectiva de género y la madurez mental del menor como derecho a ser oído. En los casos de abuso sexual, la declaración de la víctima es crucial, ya que fundamenta la investigación y la acusación. El problema central es la valoración del material probatorio, utilizando perspectivas como la Convención Belém do Pará, las Reglas de Brasilia, la doctrina nacional e internacional para expandir el razonamiento del tribunal en cuestión.Ítem Partícipe Necesario: Factores judiciales, sociales y culturales para la determinación de la pena(2021-10) Pereyra Jamenson, María Fernanda; Vittar, RominaEn la nota a fallo se analiza uno que pertenece al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis, dictado en autos caratulados–“Abuso Sexual con acceso carnal agravado por el vínculo por ser guardador y por el aprovechamiento de convivencia preexistente en calidad de partícipe necesario”- IURIX PEX INC Nº 208313/17. Carina Di Marco es condenada a cumplir la pena de dieciocho años de prisión, accesorias de ley y costas procesales, disponiendo su alojamiento en dependencias del Servicio Penitenciario Provincial – Cuando se individualizó la pena, se tomaron como agravantes una serie de cuestiones de distintas naturaleza. El análisis de este (1) fallo se concentrará en la arbitraria aplicación de la pena en el caso concreto y se realizará un análisis crítico de los argumentos brindados por el tribunal.Ítem La perspectiva de género: el rol de los jueces y la sociedad Argentina(2023-12) Scavuzzo, Paola Valeria; Baena, CésarChatGPT En el caso "Rivero, Alberto y otro s/ abuso sexual – art. 119 3° párrafo y violación según párrafo 4to. art. 119 inc. e." (CSJN, 345:140, 2022) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina, se aborda la cuestión del abuso sexual sufrido por una mujer a manos de un Comisario, quien fue absuelto inicialmente por el tribunal inferior. Este caso destaca por la importancia de analizarlo desde la perspectiva de género y los tratados internacionales de derechos humanos, lo cual la Corte Suprema realiza de manera integral. El fallo establece un precedente al reconocer la relevancia del testimonio de la víctima y la necesidad de valorar la prueba desde una perspectiva que considere las desigualdades estructurales de género. Esto contrasta con la decisión inicial del tribunal inferior, que no valoró adecuadamente el testimonio de la mujer ni consideró la perspectiva de género en la valoración de la prueba. El problema jurídico central del fallo se relaciona con la evaluación de la prueba, donde se discute cómo los jueces deben manejar las presunciones legales, las cargas probatorias y la valoración de la evidencia en un caso de violencia sexual. La Corte Suprema enfatiza la inexcusabilidad de no considerar adecuadamente la perspectiva de género al decidir sobre la imputación del acusado. En conclusión, la CSJN realiza una valoración de la prueba en este caso bajo el marco de los tratados internacionales y las leyes nacionales que protegen a las mujeres contra la violencia de género, subrayando la importancia de la verdad material y el testimonio de la víctima en la búsqueda de justicia.Ítem Las prácticas actuales y la revictimización en el Derecho Penal. Nota a fallo sobre autos: “Bravo, Darío Horacio p.s.a. abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral agravado, etc. s/ rec. de casación” 2019(2022-04) Gerbaudo, Micol Ruth; Lozano Bosh, MirnaEn la presente nota a fallo se hace referencia a los autos caratulados: “Bravo, Darío Horacio p.s.a. abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral agravado, etc. s/ rec. de casación c/ sent. nº 36/19 de expte. letra “B” nº 47/19” Expte. Corte Nº 074/19, correspondiente a la Sentencia N° 31 dictada por la Corte de Justicia de Catamarca en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, de fecha 3 de septiembre de 2020, con motivo del recurso de casación interpuesto por la Dra. Graciela Jorgelina Sobh, fiscal de cámara subrogante legal, en contra de la Sentencia N° 36/19, de fecha 22 de agosto de 2019, dictada por la Cámara de Sentencias en lo Criminal de 3° Nominación.Ítem El problema de la colisión de principios. Algunos aportes en clave de perspectiva de género.(2021-12) Senz, Karina Alejandra; Lozano Bosch, MirnaEl fallo P. S.G: s/ Abuso sexual, prescripción de la acción penal, dictaminado por el tribunal de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional pone en evidencia ciertos problemas axiológicos, que son aquellos que se ocasionan, en relación a una regla de derecho, por la contradicción con algún principio superior del sistema o un conflicto entre principios en un caso concreto. En el caso concreto que se plantea en el fallo, se aprecia por un lado, la contradicción de principios del derecho internacional- a partir de los plasmados en instrumentos internacionales a los que la República Argentina adhirió y ratificó (Convención Americana de Derechos Humanos, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención sobre los Derechos del Niño, entre los más importantes)- con principios que aparecen en la Constitución Nacional, es decir, en nuestro derecho interno; en este sentido puede hablarse de la contradicción del principio de acceso a la justicia proveniente de la CADH con el de legalidad, de irretroactividad de la ley penal más gravosa, plasmado en nuestra constitución y Código Penal, entre otros. Por otro lado, contradicción de principios provenientes de los propios tratados mencionados, como en el caso del principio de dignidad de la mujer y respeto, el de igualdad, tutela judicial efectiva, interés superior del niño/a, entre otros.