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Item type: Ítem , La Discapacidad, el Acceso a la Salud y el Conflicto Axiológico entre Las Reglas y los Derechos.(Universidad Siglo 21, 2025) Fernández Díaz, Pamela SusanaEl fallo analizado trata sobre R. A. B., una joven con discapacidad mental y motora severa, titular de una pensión no contributiva. Fue dada de baja como afiliada de OSPRERA junto a su padre, quien al jubilarse se incorporó al INSSJP (PAMI). Sin embargo, el instituto le negó la afiliación a la hija como integrante del grupo familiar, invocando el artículo 10 de la Resolución 1100/2006, que impide incorporar a personas que perciben pensiones no contributivas. Frente a esta negativa, la madre de la joven promovió acción de amparo en representación de su hija. Si bien el juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda, la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó ese fallo. Ante ello, se dedujo recurso extraordinario, cuya denegación motivó la queja ante la Corte Suprema. El caso resulta relevante porque aborda la colisión entre normas reglamentarias internas de un organismo estatal (INSSJP) y los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, reconocidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales. El fallo no solo restituye la cobertura de salud a una persona en situación de extrema vulnerabilidad, sino que sienta un precedente sobre la inconstitucionalidad de restricciones que, bajo argumentos presupuestarios o de gestión, vulneran derechos fundamentales como la salud, la inclusión y la seguridad social. Las prestaciones de salud y de subsistencia no son excluyentes entre sí, ya que responden a finalidades diferentes dentro del sistema de seguridad social: la pensión cubre necesidades básicas, mientras que la afiliación a una obra social garantiza el acceso a servicios médicos y de rehabilitación.Item type: Ítem , “La aplicación de la ley N° 24.240 en situaciones de consumo”(Universidad Siglo 21, 2025) Villada, Julio AlbertoEl derecho del consumidor en sus relaciones y los aspectos sobre el acceso a la justicia para los consumidores de nuestro Estado lo vemos reflejado directamente en la Ley N.º 24.240, Ley de Defensa del Consumidor (en adelante, la LDC), donde establece que las acciones judiciales iniciadas en virtud de esa ley en defensa de un derecho o interés individual estarán amparadas por el beneficio de la justicia gratuita. En este caso, se ha elegido trabajar con la temática DESCA, que involucra derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, específicamente el derecho de las personas consumidoras. En relación a tal derecho, indica Herrera (2013) que el derecho de consumo es parcialmente un derecho humano fundamental, de tal forma que cada Estado debe respetar y hacer respetar a los sectores económicos este esencial principio de acceso a un consumo digno. Asimismo, Herrera (2013) manifiesta que el surgimiento del novedoso derecho del consumo es una respuesta a la necesidad de proteger la natural vulnerabilidad de una de las partes intervinientes en el mercado, en este caso, el consumidor, que es quien está en el último eslabón de la cadena consumeril.Item type: Ítem , Interés superior del niño y revinculación: dilemas axiológicos en la sentencia(Universidad Siglo 21, 2025) Funes, Marcelo AlejandroLa noción de vulnerable, tal como la definen las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (2008), hace referencia a personas o grupos que, por determinadas características —como la edad— encuentran obstáculos en el acceso o ejercicio de sus derechos ante la justicia. Esta categoría de análisis va adquiriendo una importancia progresiva en las decisiones judiciales, a partir del reconocimiento e incorporación internacional de estas directrices al derecho contemporáneo. En nuestro país, este enfoque se introdujo con la Acordada 05/2009 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, CSJN) y se consolida gradualmente mediante una línea jurisprudencial coherente con las normativas convencionales e instrumentos internacionales. En este sentido, Medina (2017) sostiene que la acumulación de factores de vulnerabilidad en una misma persona agrava sus condiciones de desigualdad y restringe el acceso real a la justicia. Por lo tanto, resulta necesario contar con operadores judiciales sensibles y capaces de incorporar esta perspectiva en sus decisorios.Item type: Ítem , El interés superior del niño como eje de todo proceso judicial(Universidad Siglo 21, 2025) Raya, Gisela VaninaEl fallo dictado por la Sala Primera de la Excelentísima Suprema Corte de Justicia de Mendoza (SCJM) en fecha 27 de febrero de 2025, Méndez Mesa Dalila Agustina p/su hijo por nacer p/medidas de protección de derechos p/Recurso Extraordinario Provincial, tiene como eje central la protección de los niños, niñas y adolescentes como grupo vulnerable en el razonamiento y en la decisión judicial. La dependencia de estos, tanto para el desarrollo físico y emocional como para satisfacer sus necesidades básicas, es lo que los hace parte de ese grupo vulnerable y pasible de una protección especial. La importancia de este fallo radica en el abordaje integral que hacen los jueces de la Suprema Corte de Mendoza al tratar temas de alta sensibilidad como son la adopción voluntaria de un niño por nacer, el posterior arrepentimiento de la madre biológica y la interpretación del interés superior del niño como principal enfoque. Su relevancia es significativa, ya que con este fallo la Suprema Corte de Mendoza refuerza su compromiso con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, consolidando una línea jurisprudencial en el ámbito del derecho de familia provincial y, en segundo término, realiza una interpretación restrictiva y constitucionalmente válida del artículo 607 inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación.Item type: Ítem , Grupos Vulnerables y en Contexto de Vulnerabilidad(Universidad Siglo 21, 2025) Madrid Cardozo, Melisa AndreaQueda totalmente desvirtuada la misión específica de los tribunales en temas de familia si estos se limitan a decidir problemas humanos mediante la aplicación de fórmulas o modelos preestablecidos, desentendiéndose de las circunstancias concretas que los rodean. Los conflictos de niñez, lejos de poder resolverse con parámetros rígidos, requieren un abordaje integral que contemple el contexto vital, social y afectivo de cada niño o niña. En este marco, analizaré el proceso judicial que llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, CSJN) en la causa “B., C. y otro s/control de legalidad – Ley 26.061”, sentencia dictada el día 16 de mayo de 2024. El caso gira en torno al alcance del control judicial sobre decisiones administrativas adoptadas en el marco de medidas excepcionales, particularmente respecto de la guarda provisoria de dos hermanos que habían quedado huérfanos de madre y sin filiación paterna reconocida. De lo narrado anteriormente deriva que el problema jurídico en la sentencia es axiológico. Este problema se presenta cuando una regla de derecho se encuentra en contradicción con algún principio superior del sistema. Ello por cuanto en el sistema jurídico, junto con normas que establecen condiciones precisas de aplicación, denominadas reglas, existen otros estándares jurídicos que funcionan de una manera diferente y que también son utilizados por el juez al momento de justificar sus decisiones. Estos son los llamados principios jurídicos.








