Probar la existencia de la enfermedad de Burnout o de “estar quemado por el trabajo”: Un desafío para la justicia laboral de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en el caso “Becalli”
Cargando...
Fecha
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Resumen
El sistema de riesgos de trabajo tiene como objeto proteger a las personas ante los
daños a la salud provocados por el trabajo, mediante servicios de prevención de riesgos.
Pero frente a su inevitable acaecimiento, el trabajador afectado tiene derecho a recibir la
cobertura integral para reparar los daños derivados del trabajo.
Según se desprende de la Ley de Riesgos de Trabajo (Ley N° 24.557, B.O.
13/09/1995), se consideran enfermedades profesionales aquellas que se encuentran
incluidas en el listado elaborado y revisado por el Poder Ejecutivo (art. 6, inc. 2, a]).
Frente al hecho de contraer una enfermedad profesional, el trabajador afectado se vuelve
acreedor de prestaciones cuya cuantía dependen, por ejemplo, -entre otras cosas- del
grado de invalidez resultante del cuadro de enfermedad padecido.
DESTACADO
DESTACADO
Descripción
Palabras clave
Modelo de Caso, Riesgos de Trabajo, Derecho del Trabajo