El Principio Precautorio vulnerado por razones de Competencia. Nota a fallo sobre los Autos: “Telefónica Móviles Argentina S.A. - Telefónica Argentina S.A. c/ Municipalidad de Gral. Güemes s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad.”

Abstract

En los últimos diez años, con el avance de la tecnología, las compañías de comunicación telefónica brindan un servicio que no queda restringido a la simple comunicación. Nos brindan un servicio/ beneficio para comunicarnos con personas, acortando las distancias y manteniéndonos informados en tiempo real. La legislación Argentina contempla un marco regulatorio para que las empresas de comunicación puedan desarrollar su actividad y que éstas, no alteren, ni dañen, tanto el medio ambiente como la salud de la población.
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fallo, inconstitucionalidad

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