El Principio Precautorio vulnerado por razones de Competencia. Nota a fallo sobre los Autos: “Telefónica Móviles Argentina S.A. - Telefónica Argentina S.A. c/ Municipalidad de Gral. Güemes s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad.”
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2020
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Resumen
En los últimos diez años, con el avance de la tecnología, las compañías de
comunicación telefónica brindan un servicio que no queda restringido a la simple
comunicación. Nos brindan un servicio/ beneficio para comunicarnos con personas,
acortando las distancias y manteniéndonos informados en tiempo real.
La legislación Argentina contempla un marco regulatorio para que las empresas de
comunicación puedan desarrollar su actividad y que éstas, no alteren, ni dañen, tanto el medio
ambiente como la salud de la población.
DESTACADO
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Descripción
Palabras clave
fallo, inconstitucionalidad