Falta de perspectiva de género en la valoración de pruebas

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2023-04

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Como bien explica Gastaldi & Pezzano (2021) “...suele afirmarse que la exigencia de aplicar perspectiva de género en el derecho y, particularmente en la actividad judicial de decidir, implica incorporar valoraciones políticas, morales o ideológicas al derecho...”. (pág. 2). Esto llevó como consecuencia a que la aplicación de la perspectiva de género, como método jurídico de análisis, requiera la constatación de la existencia de una relación desequilibrada de poder, se debe identificar a la persona que se encuentra en situación de desigualdad por razón de género y valorar la posible adopción de medidas especiales de protección. (Sosa)

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Nota a Fallo, Cuestiones de Género, Derecho a la Igualdad

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