La prueba del acoso sexual en el mundo del trabajo y las cuestiones de género
Date
2023-05
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La Convención de Belém do Pará en su art. 1° define a la violencia contra la
mujer como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño
o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como
en el privado”. Asimismo, sostiene que se entenderá que la violencia contra la mujer
incluye la violencia tanto física, psicológica y sexual que sea perpetrada por cualquier
persona en el lugar de trabajo, entre otros escenarios en donde puede ser desplegada
(art. 2. b).
Description
Keywords
Cuestiones de Género, Modelo de Caso