La inconstitucionalidad por omisión

Fecha

2023-05

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Resumen

procedimientos específicos para su aplicación. Esta reglamentación debe ser hecha por el Poder Ejecutivo y de no hacerlo, cuando la Ley es muy general o cuando las personas beneficiarias por la ley no demandan su cumplimiento ante la justicia, terminan por quedar en letra muerta. En definitiva, podemos afirmar que la falta de reglamentación implica en la práctica un doble derecho de veto, lo que constituye una violación a los principios contenidos en la Constitución Nacional, con el agravante de que esta omisión implica bloquear la voluntad legislativa. En virtud de ello, que tan importante puede significar el reclamo para reglamentar la ley. Su efectivo cumplimiento, de lo contrario quedará en un cajón y no se aplicará nunca.

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Palabras clave

Nota a Fallo, Modelo de Caso, Inconstitucionalidad

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