El despido por matrimonio es igualitario
Fecha
2021-12
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Resumen
La forma tradicional de protección contra el desempleo en la Argentina es la
indemnización por despido. Conforme a la Constitución, la ley debe proteger a los
trabajadores contra el despido arbitrario (artículo 14 bis). Así también el derecho laboral
a través de la Ley de Contrato de Trabajo No 20.744 (en adelante LCT), establece una
serie de beneficios que reciben los trabajadores en caso de despido y contempla distintas
causas especiales, como “La prohibición del despido por causa de matrimonio”,
regulada en tres (3) artículos: El art. 180 que dispone la nulidad de los actos, contratos o
reglamentaciones internas, que establezcan para su personal el despido por causa de
matrimonio; el art. 181 que crea la presunción; y el art. 182 que establece una
indemnización especial y adicional.
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Descripción
Palabras clave
Nota a Fallo, Género, Matrimonio