Sindicalización de las fuerzas de seguridad

Fecha

2023-05

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Resumen

El día 3 de diciembre del año 2020 se llega a la sentencia del fallo “Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social c/ Asociación Profesional Policial y Penitenciaria de Entre Ríos s/ ley de asoc. Sindicales”, el cual, será sometido a un vasto análisis, dada la trascendencia intrínseca y extrínseca que porta el mismo, recorriendo los diferentes estratos del decisorio. Desde mi óptica como autor de esta nota a fallo, se tendrá en cuenta la normativa interna, como así también la normativa internacional relacionada al tópico en cuestión que son las diferentes regulaciones de las asociaciones sindicales. El ordenamiento jurídico argentino de acuerdo a los artículos 14, 14 bis, 16, 19 y 28 de la Constitución Nacional, deja en evidencia que no puede impedirse a los trabajadores el derecho a la organización sindical sin una regla legal que impidiese, con carácter general, la sindicalización de grupos determinados, como pueden serlo las fuerzas policiales y penitenciarias.
DESTACADO

Descripción

Palabras clave

Nota a Fallo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Sindicales

Citación

Colecciones