Despido discriminatorio: Hacia una noción cada vez mas amplia y abarcativa

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2024-04

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El caso "Caminos Graciela Edith c/ Colegio e Instituto Nuestra Señora de Loreto s/despido" trata sobre un despido considerado discriminatorio debido a la participación de la empleada en un programa televisivo, donde se mostró con su pareja, un exalumno del colegio, con una diferencia de edad de 25 años. El fallo destaca la importancia de proteger los derechos laborales y erradicar la discriminación, especialmente cuando esta se basa en aspectos personales que no afectan el desempeño en el trabajo. El análisis legal se basa en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que protege la privacidad y prohíbe la intromisión del empleador en la vida privada de los empleados, y en la Ley 23.592, que prohíbe la discriminación. El problema jurídico radica en la confrontación entre la facultad del empleador para despedir y los derechos fundamentales de no discriminación e igualdad establecidos en la Constitución y la Ley de Contrato de Trabajo. Este fallo subraya que el despido basado en aspectos personales del trabajador puede constituir una violación de sus derechos constitucionales, refuerza la protección de los derechos laborales y rechaza la discriminación en el entorno laboral, garantizando un trato justo y equitativo.

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Derecho laboral Despido discriminatorio Discriminación laboral Privacidad

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