Abstract
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) protege contra el despido por matrimonio mediante los artículos 180, 181 y 182. La interpretación del artículo 181, que presume el despido por esta causa, genera debate sobre si se aplica solo a mujeres o también a hombres.
La Corte Suprema abordó este tema en "Puig c/ Minera Santa Cruz S.A.", destacando que la protección no debe limitarse por género. Restringirla solo a mujeres crearía desigualdad y contradiría principios constitucionales. La protección debe ser igualitaria para todos los trabajadores, considerando los roles compartidos en la familia actual.
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