Abstract
Este caso aborda la disputa por la propiedad entre una mujer y los herederos de su difunto concubino. La cuestión gira en torno a la falta de reconocimiento formal de la unión convivencial en el antiguo Código Civil. La perspectiva de género, respaldada por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, lleva a la Cámara a otorgar la titularidad conjunta del inmueble a la mujer. El desafío radica en la reconstrucción de pruebas dada la antigüedad de los hechos y en la interpretación de normas aplicables, considerando si hay simulación por interposición de personas.
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