Juzgar con perspectiva de género como una obligación legal en búsqueda de la creación de pautas culturales más igualitarias, educación no sexista, igualdad de oportunidades y erradicación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer
Abstract
El fallo escogido funciona como un paradigma positivo en las políticas que
pretenden fomentar la igualdad real del ejercicio de los derechos humanos sin distinción
de género. Adentrándonos al mismos es un claro ejemplo de violencia familiar, donde se
acusa a ambos miembros de una pareja haber matado a uno de sus hijos. En este caso los
hechos adicionales de relevancia en la plataforma fáctica establecidos por las normas
jurídicas como propiedades relevantes y que justifican una determinada modalidad
atenuante de la calificación legal a uno de los acusados, parten de la base de una relación
interpersonal de pareja, en el que el varón aparece ejerciendo todo su poder en relación
con una víctima mujer a la que intimida y trata con violencia en virtud de la relación vital
en que se halla. Su rasgo identitario central es que la mujer no es tratada como una igual,
por ello configura una manifestación de la discriminación pues es ejercida contra la mujer
“porque es mujer o que la afecta en forma desproporcionada” (CEDAW, Recomendación
General N° 19, 1979), “basada en su género” (Convención Belém do Pará, art. 1, 1994).
De allí la demostración de poder, dominación o control por la violencia. DESTACADO
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