Derechos del trabajo, aplicación del artículo 181° LCT y sus alcances
Date
2023-09Author
Norton Jury, María Daniela
Abstract
Los derechos de los trabajadores, se deben interpretar en forma armoniosa e
igualitaria, es decir, no debe haber discriminación por razones del sexo y por ningún otro
motivo. En el conflicto llevado a la justicia y que finalizara en el Máximo Tribunal argentino
tuvo su origen en una discriminación al trabajador varón, entendiendo la empleadora que
cuando se trata de personas del sexo masculino, la ley ampara el despido por causas de
matrimonio previsto en el 181°, ya que el mismo se encuentra incorporado al título VII,
trabajo de mujeres, capítulo I, disposiciones generales.
Cabe decir, que la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que la
presunción de despido por causa de matrimonio debe ser aplicada sin distinciones en razón
de género, teniendo en cuenta el catálogo normativo que se mencionara anteriormente.
Es de suma importancia el presente fallo debido a que la decisión, realizada por la
Corte Suprema, sentó las bases referidas con respecto a los principios que resguardan y
protegen a un trabajador sin distinción de sexo, al hacer un pormenorizado análisis del
principio de no discriminación, garantía que el Tribunal Supremo Nacional menciona en
distintos instrumentos jurídicos de nivel nacional e internacional, entre ellos principio
protectorio, continuidad de la relación laboral, irrenunciabilidad de los derechos, equidad,
razonabilidad y no discriminación e igualdad de trato. DESTACADO
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