Contrato de trabajo o trabajo autónomo: presunción de laboralidad de la LCT vs realidad
Abstract
En el presente trabajo analizaremos un fallo proveniente de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, (en adelante CSJN), de fecha 22 de octubre de 2019, bajo el Exp
Nro. 68/2017/RHI caratulado “Recurso de hecho deducido por la demandada en la
Causa Morón, Huberto José c/ Grupo Asegurador la segunda y otros s/ recurso
extraordinario de inconstitucionalidad”.
En el ámbito laboral en Argentina en los últimos años se han producido cambios
significativos en las formas que se realizan distintos trabajos, la pandemia de COVID 19
y la tecnificación masiva indujo a muchos trabajadores a cambiar su forma de prestar
servicios, muchos por haberlo perdido y otros ante la necesidad de seguir produciendo
ingresos. Todo ello pone sobre la mesa el tema de las relaciones de trabajo que ya no se
limitan solamente a lo indicado en Ley de Contrato de Trabajo, en adelante (LCT), sino
que muchas de sus formas jurídicas se encuentran dentro del Código Civil y Comercial
de la Nación, en adelante (CCCN) en la forma de contratos de servicio, obra, etc. Este
contexto descripto anteriormente, habilita a que se produzcan contrataciones mediante la
inscripción en autónomos, lo que intenta liberar a la empresa contratante del pago de
aportes y cargas sociales, como así también muchos trabajadores que siendo autónomos,
con total conocimiento de ello, al momento de desvincularse de las empresas invocan la
relación de dependencia, para así conseguir los beneficios del el LCT.
En el caso concreto objeto de este análisis, la parte actora (Morón, Humberto José),
productor asesor de seguros, que había prestado servicios para el grupo empresario
demandado (Aseguradora La Segunda), acciona contra ésta última en el marco de un
contrato de trabajo que no había sido debidamente registrado, aludiendo que poseía la
calidad de trabajador en relación de dependencia. DESTACADO
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