Abstract
El fallo A.M.F. C/M. G. F. Y OTRO S/ ORDINARIO es una verbigracia de este
problema, de ahí la importancia para su estudio, donde la acción y su efecto a prima
facie no es una conducta dañosa grave, al no ser un extremo de lo que los medios de
comunicación nos informan a diario como un femicidio o violencia física, sino que se
da en el contexto y la rutina laboral que se desarrolla cotidianamente, y demuestra que
en la persona, un mismo acto puede diferir en sus consecuencias en razón al género del
receptor y esto plantea la controversia entre los distintos magistrados que tuvieron que
resolver en un fallo dividido. En este caso, la acción que se lleva a cabo, por su
contenido impropio e indecoroso, si tiene como receptor a un hombre tal vez no
significa más que una broma de mal gusto o entre compañeros, y un intento de mejorar
la relación laboral.