Abstract
La problemática elegida en el presente trabajo, versa sobre si opera la caducidad o no
del reclamo de compensación economía instaurada por la actora Sra. M., quién plantea ante el
Juzgado de Familia n° 1 de Junín, una acción sobre “Materia a Categorizar”, ello con el fin de
comprobar la existencia de la Unión Convivencial, la fecha de separación o quiebre de la
misma; para luego reclamar una compensación económica. En su parte, el demandado Sr. C.,
plantea la caducidad de la acción, alegando que no puede haber reserva de derecho alguno toda
vez que no se trata de un plazo de prescripción sino de caducidad, por haberse iniciado con
posterioridad las pretensiones, acciones que fueron iniciadas pasados los 6 meses conforme lo
estipula los arts. 523 y 525 del Código Civil y Comercial.