Abstract
impuesta por el empleador al trabajador y, vinculado a esto, Trejo Sánchez,
citando a Ortiz, sostiene que “el despido tiene como efectos prácticos la ruptura del
vínculo jurídico” (2011).
Es en relación a un despido que la Corte Suprema de la Nación (CSJN), el
10 de diciembre de 2020 emite el fallo “Recurso de hecho deducido por la parte
demandada en la causa Marini, Pablo Augusto c/ Asociación Civil Universidad del
Salvador s/ despido”; en el cual se debe determinar la legitimidad del despido de un
profesor que impartía sus clases en la Universidad del Salvador (USAL) por haber
proferido comentarios insultantes hacia los homosexuales frente al alumnado de la
materia de Ética.