La CSJN sienta un claro criterio en relación a las universidades privadas

dc.contributor.advisorDescalzo, Vanesa
dc.contributor.authorPiotriski, Mariela
dc.date.accessioned2023-07-07T18:25:04Z
dc.date.available2023-07-07T18:25:04Z
dc.date.issued2023-04
dc.description.abstractimpuesta por el empleador al trabajador y, vinculado a esto, Trejo Sánchez, citando a Ortiz, sostiene que “el despido tiene como efectos prácticos la ruptura del vínculo jurídico” (2011). Es en relación a un despido que la Corte Suprema de la Nación (CSJN), el 10 de diciembre de 2020 emite el fallo “Recurso de hecho deducido por la parte demandada en la causa Marini, Pablo Augusto c/ Asociación Civil Universidad del Salvador s/ despido”; en el cual se debe determinar la legitimidad del despido de un profesor que impartía sus clases en la Universidad del Salvador (USAL) por haber proferido comentarios insultantes hacia los homosexuales frente al alumnado de la materia de Ética.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/27443
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectDerecho del Trabajoes
dc.subjectUniversidades Privadases
dc.subjectCSJNes
dc.titleLa CSJN sienta un claro criterio en relación a las universidades privadases
dc.typebachelorThesises

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