Protección del derecho a la salud en el ámbito laboral
Abstract
El trabajo es fuente de desarrollo e integración social, es el medio indispensable
para satisfacer las necesidades espirituales y materiales del individuo y de la comunidad,
de ahí que el derecho a trabajar debe ser protegido.
El trabajador dependiente es una persona humana que se caracteriza por trabajar en
una organización ajena sometida a directivas e instrucciones que se le imparten y se
encuentra protegida por el Art. 14 bis de la Constitución Nacional que prescribe que “El
trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al
trabajador condiciones dignas y equitativas de labor”, derecho que también tiene
consagración supraconstitucional en la Convención Americana sobre los Derechos
Humanos y Tratados Internacionales incorporados en el Art. 75 inc. 22 de la Constitución
Nacional.
El derecho a un ambiente de trabajo seguro debe ser reconocido como un derecho
fundamental y debe ir acompañado de medidas preventivas para garantizar la seguridad
y la salud de los trabajadores.
El eje central del fallo trata la “enfermedad profesional” que contrae el trabajador
en forma paulatina mientras ejecuta la tarea y se va agravando con el transcurso del
tiempo. Ésta situación resalta la importancia que reviste detectar tempranamente las
afecciones y necesidades del trabajador con el fin de preservar su salud, adecuando las
medidas necesarias para “tutelar la indemnidad e integridad psicofísica del empleado”.
En el caso en estudio, el actor se enferma a causa de su labor, por realizar tareas
riesgosas conforme a las instrucciones impartidas por sus superiores y en las condiciones
de inseguridad.
El análisis se centra en el deber del empleador con respecto a la protección que debe
brindar al trabajador, adecuando los medios necesarios.
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