Abstract
Cuando hablamos de violencia de género partimos de la base que el Estado
asegura la protección de derechos de las mujeres, para prevenir, sancionar y erradicar
todo tipo de violencia en donde desarrollan sus relaciones interpersonales, por lo que
menciona el artículo 4 de la ley N° 26.485.
En temas de doctrina entendemos que Argentina ha firmado y ratificado su
posición en torno a acuerdos de política internacional, respaldas constitucionalmente
por medio del artículo 75 inciso 22 que establece Tratados de Derechos Humanos, a
través de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer, marcando una necesidad imperante de analizar y respaldas el flagelo
por el cual atraviesan las mujeres en su cotidianeidad.