Abstract
En el ordenamiento jurídico argentino juzgar con perspectiva de género es una
constructiva legal, en nuestra Constitución Nacional se reconoce el derecho a la
igualdad y a la no discriminación. Pero llevando esto a la práctica aún se encuentran
algunas dificultades para que se respeten, motivación que me llevo a elegir este caso.
Promueve este comentario la reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, la cual deja sin efecto el fallo dictado por el Tribunal en lo Criminal
Federal de Formosa y ratificado por la Cámara Federal de Casación penal al rechazar el
recurso de apelación. Fallo en el que no se tuvo en cuenta la perspectiva de género y que
le concedía la absolución a dos sujetos. El primero en calidad de autor, un gendarme
acusado de abusar sexualmente de una detenida en una dependencia de gendarmería
nacional y el segundo en calidad de partícipe necesario, una detenida también en esa
dependencia, quien la intimidaba para que no se opusiera a tales abusos.
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