La reinterpretación jurisprudencial con perspectiva de género de los requisitos para acceder a las pensiones no contributivas por invalidez
Abstract
En la presente nota se comentará el fallo de la Sala B de la Cámara Federal de
Apelaciones de Córdoba “O., B. N. c. Estado Nacional – Agencia Nac. de Discapac. s/
amparo ley 16.986” dictado el día 12/04/2021 en la ciudad de Córdoba, cuidad donde
quien suscribe reside. El mismo se encuentra publicado en la plataforma de Thomson
Reuters RDLSS 2021-12, 67 (la ley online: AR/JUR/7444/2021) y tiene sentencia firme.
El decisorio aborda la temática de cuestiones de género pues el tribunal resuelve
otorgar el beneficio de una pensión no contributiva solicitado por una mujer trans, que
no cumplía prima facie con los requisitos legales impuestos por la ley 13.478 y su decreto
reglamentario, debido a su situación de extrema vulnerabilidad. La sentencia fue dictada
con perspectiva de género entendiendo ésta como un compromiso internacional,
imperativo moral y ético que nuestro país ha adquirido, cuyo fin inmediato es alcanzar la
justicia, de allí su importancia y relevancia jurídica. DESTACADO
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