Legítima defensa en contextos de violencia de género
Abstract
La Perspectiva de Género, ha tenido un impacto transversal en las ciencias jurídicas,
toda vez que ha revelado la existencia de distintos mecanismos históricos de
discriminación, imperantes en el Derecho, que conculcan el ejercicio de derechos
humanos de las mujeres, en especial: el derecho de igualdad, de no discriminación y el
derecho de defensa propia o de los derechos.
Es así que, con la finalidad de erradicar la problemática planteada, los Estados a
través de distintas convenciones en el orden internacional, reconocen y protegen los
derechos de las mujeres, tanto en ámbitos públicos (esfera de lo estatal), como en privados
(relaciones interpersonales). A tal efecto, el estado argentino, recepta en el ordenamiento
jurídico interno, por un lado, la Convención para la Eliminación de todas las formas
de discriminación contra la mujer (en adelante CEDAW), a través de la Ley homónima
N°23.179, la cual goza de jerarquía constitucional desde la reforma del año 1994 (art. 75
inc. 22); y “toma como punto de partida la discriminación estructural e histórica hacia las
mujeres, reconociendo y protegiendo sus derechos” (Spaventa, 2017). DESTACADO
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