Abstract
Es imprescindible reconocer cuando se está frente a un despido discriminatorio, por
lo que un pilar en este fallo a analizar se encuentra la ley de Actos Discriminatorios n° 23.952
que en su art. 1° sanciona a quien arbitrariamente menoscabe el pleno ejercicio de los
derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, a dejar sin
efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material
ocasionados como producto de la vulneración de los derechos aquí mencionados.
En el caso que se analizará en la presente nota a fallo, la persona afectada es una mujer
llamada Florencia Valdatta quien fue víctima en una relación laboral por sufrir actos
discriminatorios debido a su condición de mujer y ser despedida sin justa causa; por lo que la llevó a reclamar ante la justicia provincial una indemnización por despido discriminatorio
más daño moral.
DESTACADO