Valorar la prueba con perspectiva de género. Análisis de un caso resuelto por la justicia correntina
Abstract
Como lo define Sosa (2021), la perspectiva de género es el panorama que deben
abordar los operadores judiciales, al trabajar sobre hechos en los que estén involucrados
diversos grupos vulnerables. Es que lejos de ser una moda jurídica es una obligación
legal que posee fundamento en el derecho a la igualdad y a la no discriminación
reconocidos en la Constitución Nacional así como en diversos tratados internacionales
de Derechos Humanos a los que el Estado Argentino suscribió en razón del artículo 75,
inciso 22 de la Constitución Nacional.
Consecuentemente, la importancia del abordaje de las cuestiones de género
como tópico de estudio, se vincula con las trasformaciones sociales que en el país se
produjeron e influyeron en lo normativo. A partir de dicha circunstancia puede llegar a
colegirse lo contraproducente que resulta la concreción de actos jurídicos en los cuales
una de las partes posee su voluntad coactada por un acto de violencia de género.
Tal trascendencia es traída a estudio a partir de la sentencia dictada respecto del
incidente de liquidación de la sociedad conyugal tramitado en los autos “G., A. B. C/ M.
U. F. S/ divorcio vincular” resuelto por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes.
En el mismo, la justicia correntina falló por la nulidad de una división de bienes que se
encontraba protocolizada por escritura pública, para que tuviera lugar una nueva
división que considere además dentro de la masa ganancial la actividad comercial que el
ex marido realizaba y que fuera omitida intencionalmente. DESTACADO
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