Abstract
El fallo elegido es “LIZARRALDE, Gonzalo Martín p.s.a. homicidio calificado y
homicidio calificado en grado de tentativa -Recurso de Casación-” de la Sala Penal del
Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) con fecha 9 de marzo de 2017. El fallo se
encuentra firme y versa sobre la imputación de femicidio de Lizarralde hacia Paola
Acosta.
El Código Penal (art. 80), la Convención sobre la Eliminación de todas las formas
de discriminación contra la Mujer CEDAW y el inciso e) del art. 7o de la Convención
Belem Do Pará, comprometen a los Estados a tomar las medidas necesarias para
modificar patrones socioculturales en contra de mujeres. En el caso, la Cámara ha omitido
perspectiva de género y cómo impacta a la hora de encuadrar el crimen en un femicidio,
lo que derivó en un análisis del TSJ. En este sentido, estamos frente a un problema
jurídico de relevancia, siendo que existen dudas acerca de la procedencia del femicidio
en el delito imputado.
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