Abstract
Introducción
En los artículos 14 y 23 de la LCT surgen prístino respectivamente el “principio
de supremacía de la realidad” y la “presunción de existencia de la relación de contrato
de trabajo”, sin embargo, nunca ha sido sencilla la demarcación de los límites y las
situaciones grises abundan en las relaciones entre particulares, especialmente cuando
hablamos de profesiones liberales (odontólogos, médicos, ingenieros, abogados,
contadores, etc.).
Destacada jurisprudencia y doctrina ha debatido esta situación, dividiendo las
opiniones y argumentos a favor y en contra de considerar las prestaciones que dan los
profesionales como dentro del ámbito de la ley laboral referida.