Abstract
En el caso “Puig, Fernando Rodolfo c/ Minera Santa Cruz S.A. s/ despido”, la
CSJN realiza una interpretación actual de la prohibición de despido por causa de
matrimonio y las indemnizaciones correspondientes. Los artículos de la LCT, vigentes
desde 1976, si bien poseen un enunciado histórico deben ser permeables a la influencia
de los pactos internacionales, y con ello surge el deber de respeto por los diversos
“géneros”, obligando a una interpretación actualizada y garantista de las mismas
normas.