Abstract
Debido a las transformaciones sociales sucedidas durante finales del siglo XX y
principios del XXI, “el trabajo en relación de dependencia” ha sufrido y está sufriendo
un proceso denominado de “precarización globalizada” o de “necesaria empleabilidad”,
frente a un contexto donde el “empleo tradicional” tal como lo conocimos, tiende a
disminuir, modificarse o incluso desaparecer (Canales, 2012).
Ante esta mirada compleja sobre la realidad, el derecho positivo argentino (en su
concepción más tradicional del Derecho del Trabajo), nos muestra dos conceptos
claramente diferenciados: por un lado, el “contrato de trabajo” y por otro, la “locación
de servicios”.