Abstract
La concientización sobre los problemas ambientales y la necesidad de adoptar
medidas para su protección, claramente ha cobrado auge en los últimos años. Cuando
Argentina reforma la Constitución Nacional (en adelante CN) en el año 1994, incorpora
al ordenamiento jurídico los derechos de incidencia colectiva y reconoce el derecho a un
ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Derecho tutelado
explícitamente en el art. 41 de Nuestra Carta Magna y considerado como un derecho
humano fundamental por el ordenamiento supranacional (art. 75 inc 22 CN). Es así que
en procura de la protección ambiental, se le delega a la Nación el dictado de normas que
contengan presupuestos mínimos, y las provincias conservan la facultad de
complementarlas.