El deber de seguridad como fuente de obligación. Una problemática de valoración de prueba analizada a la luz de la justicia jujeña
Fecha
2022-05
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Resumen
El poder de dirección del empleador contiene obligaciones correlativas, puesto
que el trabajador no solo se subordina al empleador en términos jurídicos sino también
en una dimensión económica y técnica, ello lo expone a sufrir los riesgos inherentes a la
actividad laboral, lo cual da nacimiento a lo que se conoce como el deber de seguridad
laboral que cae sobre la parte empleadora (Gajardo Harboe, 2014). Este deber de
protección o cuidado, es plenamente inherente al contrato de trabajo, y siendo así, forma
parte ineludible del vínculo laboral.
Descripción
Palabras clave
Derecho Laboral, Jujuy, Nota a Fallo