Igualdad material del derecho laboral: un análisis de la perspectiva de género y los estándares internacionales.
Abstract
El presente trabajo estudia la compatibilidad de la introducción de la perspectiva de
género en la legislación laboral con la igualdad laboral de género en sentido material,
bajo la concepción no discriminatoria del art. 75 inc. 23 y los estándares normativos
internacionales. Se ha realizado un análisis teórico argumentativo aplicando el método
descriptivo documental con una dimensión normativa, de enfoque cualitativo y de tipo
transversal. Habiendo reconocido la desigualdad laboral histórica en detrimento de la
mujer, principalmente debida al doble rol que ejerce por sumar a sus labores las tareas de
cuidado familiares, hemos rescatado la necesidad de aplicar criterios no discriminatorios
para la consecución de la igualdad material. Partiendo de la identificación de las normas
que introducen dicho principio en la legislación laboral, se aplicó una diferenciación
teórica de los conceptos de acciones positivas y discriminación inversa a la normativa
estudiada. Se enfatizó la conveniencia de avanzar sobre una definitiva distinción
terminológica que permita superar los cuestionamientos doctrinarios sobre la
constitucionalidad de ciertas medidas aplicadas en favor de las denominadas “categorías
sospechosas” como por ejemplo las cuotas laborales. Luego de construir los estándares
jurídicos internacionales dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, y las
normas de la OIT, se estudió la aplicación de los mismos por parte de la jurisprudencia
local. Se concluye que la acción positiva o discriminación inversa que debe realizar el
Estado en favor de la mujer debe ser prudentemente ejercida a fin de no incurrir en nuevas
discriminaciones. Tales esfuerzos requieren de la acción conjunta del Estado y los
particulares, como los propios estándares internacionales lo recomiendan. DESTACADO
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