Abstract
Una trabajadora que sufre hostigamiento sexual y psicológico por parte de su
encargado tiene derecho a colocarse en situación de despido indirecto, ya que el mismo
configura una vulneración a sus derechos personalísimos, como también es violatorio a
sus derechos como mujer ya que se acreditan los indicios que perfilan como probable la
violencia género tal como lo manifestó la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Salta,
en la causa “R., J. D.; P.E. c/ El Mangrullo S.A s/ ordinario”, sentencia del 4 de noviembre
de 2019.