Abstract
La violencia contra la mujer siempre ha existido, pero, a través del derecho, en las
últimas décadas diversos estados se han comprometido a erradicar “todo acto de violencia
de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico
para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria
de libertad” (Declaración de las Naciones sobre la Eliminación de la Violencia contra la
Mujer, 1993). Nuestro país, por medio de la adhesión a tratados internacionales se ha
abocado a la cuestión plasmando en la normativa local un régimen específico para tales
casos, en pos de “prevenir, investigar y sancionar hechos de violencia de género”
(Convención de Belem do Para, 1994).