Abstract
Un grupo de vecinos interpuso un amparo ambiental solicitando que el Club de
su barrio cesara con las actividades nocturnas, invocando que dichas actividades
generaban un daño ambiental y, al mismo tiempo, situaciones divaliosas para su vida.
El Tribunal Superior de Justicia modificó una sentencia que negaba el derecho
de los vecinos y dispuso el cese de las actividades del Club. Los fundamentos para
dictar este fallo tuvieron como eje el concepto de daño ambiental y su interpretación
judicial. El TSJ se basó en fuentes modernas que concebían al ambiente en un sentido
más amplio, relacionado con la dignidad y calidad de vida. Esto fue lo que permitió
entender la situación fáctica como un problema colectivo y no meramente individual.
Es decir, el cuestionar y problematizar el concepto de daño ambiental y su alcance, fue
lo que le permitió al Tribunal dictar este fallo ejemplar.
En este trabajo se analizaron los considerados puntos nucleares, lo que le
permitirá al lector identificar un cambio de paradigma en relación con el ambiente y su
protección.
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