Abstract
La inclusión de la perspectiva de género en nuestro ordenamiento jurídico se ha
ido gestando de manera paulatina y encuentra amparo en la “Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer” (en adelante,
CEDAW); en la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer” (en adelante, “Belem do Pará”); y finalmente, en la Ley No
26.485 de Protección Integral a las Mujeres (2009).