El derecho a la salud reproductiva y una restricción arbitraria contra la mujer
Abstract
El fallo a comentar pertenece al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de
Córdoba, Sala Electoral y de Competencia originaria, dictado en los autos caratulados
“O., A. F. y otro c/Administración Provincial de Seguro de Salud (APROSS)- Amparo
(Ley 4915)”.La importancia del fallo en análisis, considero que radica en que más allá de
poner de manifiesto que la Resolución nro. 0087/10 de la APROSS introduce un criterio
de exclusión de las mujeres por tener hijos biológicos que no rige para los hombres, y
establece lo que podría constituir una categoría sospechosa, exhorta por medio de su
sentencia a que la demandada progresivamente adecue las regulaciones en relación al
tema que nos ocupa, TRHA, a las disposiciones del Bloque de Constitucionalidad, pero
este rol activo del Juez ¿llega a lograr su finalidad?; con qué otras herramientas jurídicas
cuenta un magistrado, más allá de la declaración de inconstitucionalidad para hacer
efectivo el derecho conculcado por un organismo estatal, sin perder de vista que
estamos ante una situación que requiere ante todo premura.
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