Prohibición de sustancias toxicas en la actividad minera y preservación del recurso hídrico.
Fecha
2021-11
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Resumen
Nota a fallo Minería Río de la Plata S.A, c/ Gbno. de la Provincia s/ acción inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza. La relevancia del fallo citado y de su análisis radica en la importancia de dejar plasmado
claramente en lo que se basa la ley 7.722, establecido en su artículo 1, a los efectos de
garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso
hídrico, se prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias
químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en
los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o
industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método
extractivo. Por cuanto la ley no impide la minería como así lo dice la parte actora en el
fallo, sino que regula dicha actividad.
Descripción
Palabras clave
Minería, Recurso hídrico, Derecho ambiental