Prohibición de sustancias toxicas en la actividad minera y preservación del recurso hídrico.

dc.contributor.advisorDescalzo, Vanesa
dc.contributor.authorMoreno, Juan Manuel
dc.date.accessioned2022-04-08T21:25:52Z
dc.date.available2022-04-08T21:25:52Z
dc.date.issued2021-11
dc.description.abstractNota a fallo Minería Río de la Plata S.A, c/ Gbno. de la Provincia s/ acción inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza. La relevancia del fallo citado y de su análisis radica en la importancia de dejar plasmado claramente en lo que se basa la ley 7.722, establecido en su artículo 1, a los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo. Por cuanto la ley no impide la minería como así lo dice la parte actora en el fallo, sino que regula dicha actividad.es
dc.identifier.urihttps://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/22323
dc.language.isospaes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectMineríaes
dc.subjectRecurso hídricoes
dc.subjectDerecho ambientales
dc.titleProhibición de sustancias toxicas en la actividad minera y preservación del recurso hídrico.es
dc.typebachelorThesises

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