Abstract
En el presente trabajo, analizaremos el fallo “Nordi, Amneris Lelia c/Buenos Aires,
Provincia de s/Daño Ambiental”. La relevancia del mismo procede de la aplicación que
hace la Corte Suprema de una medida cautelar contra el Estado Nacional y la Provincia de
Buenos Aires, puesto que ambas fueron co-demandas junto con Hidrovía S.A. por el
supuesto daño producido al medio ambiente. Destaco el valor del principio precautorio,
puesto que la protección del ambiente tiene lugar pese a la falta de certeza sobre un daño
efectivo. También es importante en este punto destacar la competencia originaria del
Máximo Tribunal, por la calidad de las partes demandadas.