Modelo De Caso – Acceso A La Información Publica
Abstract
La provincia de Córdoba fue una de las primeras en nuestro país en reglamentar
el derecho de acceso a la información pública, ya reconocido en la constitución nacional
y provincial, como también en los tratados internacionales incorporados por la reforma
de 1994, que por aplicación del art. 75 inc. 22 C.N. gozan de jerarquía constitucional
debiendo las normas de derecho interno nacional y provincial adecuarse a ellos.
El fallo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de
Córdoba - Secretaría Contencioso Administrativo, “Fundación para el Desarrollo de
Políticas Sustentables c/ Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de
Finanzas del Gobierno de la Pcia. de Cba. - Amparo por Mora (ley 8803) - Recurso de
Casación", Sentencia No 36 de fecha 17 de Abril de 2019, pone en evidencia un
problema jurídico lingüístico en cuanto a la vaguedad de la ley 8803, ya que sus
artículos fueron elaborados por el legislador de manera amplia, y pueden ser
interpretados de diversas maneras. Esta amplitud conlleva que en el afán de argumentar
su aplicación puede influir la concepción y contexto social y/o político del juez que
pretende hacer uso de la norma en cuestión.
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