El derecho de acceso a la información pública con legitimación activa amplia y sin restricciones
Abstract
El caso bajo análisis llamado “Oehler, Carlos A. el Secretaria de Turismo y
Cultura de la Provincia de Jujuy - Estado Provincial s/ recurso de inconstitucionalidad”,
resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en fecha 21 de octubre de 2014,
presenta ciertas particularidades que lo hacen interesante y relevante comenzando
porque el sujeto que formula la petición es un legislador provincial. Pareciere que no
debiera una persona que posee su cargo necesitar de un mecanismo como este para
acceder a cierta información pública, sobre todo en relación a la puesta en
funcionamiento de dos organismos vinculados a la actividad turística, pero al parecer,
en ciertas circunstancias es necesario utilizarla por la falta de difusión de este tipo de
datos. Es por esto que el objetivo que se plantea para el análisis se vincula con la
legitimación activa para el ejercicio de este tipo de derechos y, asimismo, deliberar si se
trata de una cuestión política justiciable o no.
La relevancia del fallo radica en cuestiones vinculadas a la legitimación activa
para formular petición de información pública, dado que en el presente se la rechaza por
ser legislador y por no reunir ciertos requisitos del ciudadano. Asimismo, se resuelve el
caso invocando legislación provincial que es violatoria de normas nacionales.
El problema jurídico del presente caso es del tipo de relevancia, dado que el
Superior Tribunal jujeño resolvió el rechazo del requerimiento aplicando una normativa
provincial violatoria de la Constitución Nacional. Cabe aclarar que, a pesar de que a la
fecha de la resolución del presente caso no se encontraba vigente la Ley Nacional de
Acceso a la Información Pública, 27275, si se encontraba vigente el decreto 1172/2003
e incorporada la Convención Interamericana de Derechos Humanos a la Constitución
Nacional.
La norma provincial invocada no requiere la demostración de un derecho
vulnerado tal como interpretó la Corte Suprema provincial para rechazar el pedido del
diputado Oehler.
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