Ponderación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del principio preventivo y precautorio
Abstract
Actualmente los problemas ambientales constituyen una preocupación creciente
en las sociedades humanas. Es impensable un planeta habitable si sus ambientes,
recursos biológicos y físicos no son preservados. Dichos problemas se relacionan con
los efectos de las actividades humanas como extracción, producción y disposición final
de residuos que generan un perjuicio al medio ambiente.
Ante esto, es necesario que nuestro sistema jurídico ejecute políticas
ambientales, contra el agravio que pueda sufrir nuestro medio ambiente. En 1994, tuvo
lugar la innovación institucional más importante hasta hoy en lo que respecta a la
protección ambiental en Argentina: la consagración constitucional del derecho al
ambiente sano introducida mediante la reforma de ese año. Estas normas permiten
actuar judicialmente ante toda lesión, amenaza o restricción de un derecho o garantía
reconocido por la Constitución, de todo acto u omisión de autoridades públicas o de
particuPor lo que el Estado debe promover y planificar el uso racional de los recursos
naturales para el logro del bienestar general, tanto de las actuales generaciones de
habitantes, como de las generaciones futuras. Por consiguiente, la relevancia jurídica del
fallo seleccionado se encuentra relacionada con el derecho al medioambiente sano, el
cual se ha vulnerado, y como así también tiene que ver con la salud de los habitantes de
la ciudad de Santa Fe. Habiendo dicho esto se puede entrever que el derramamiento de
residuos peligrosos líquidos y gaseosos y el enterramiento de estos mismos, afecta de
forma directa el subsuelo, suelo, agua del río Paraná y el agua que también es
considerada para consumo humano.
Su relevancia jurídica radica justamente en la ponderación y análisis que realiza
la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto a los problemas jurídicos que se
encuentran en esta sentencia. Los mismos son: de relevancia, axiológico y lógico por
contradicción normativa. El primero de estos se refiere a una discusión sobre qué norma
aplica, analiza y sentencia la Corte o el Tribunal. En este caso la Corte Suprema de
Justicia de la Nación (CSJN en adelante), sentencia mediante la Ley 25.675 (Ley
25.675, 2002)lares, los cuales se encuentran protegidos al ser derechos de incidencia colectiva. DESTACADO
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